Tienen un plazo de 180 días para realizar los trámites (Créditos: Archivo)
Según el Decreto, “la Inmobiliaria Nacional S.A. podrá enajenar, otorgar en garantía, transferir a título gratuito u oneroso las bienhechurías, viviendas, apartamentos, y edificaciones”
El presidente de la República, Nicolás Maduro, transfirió, a través del Decreto N° 2.358 publicado en Gaceta Oficial N° 40.931 de fecha 22 de junio de 2016, la titularidad de los terrenos sobre los que se han construido urbanismos en el marco de la Gran Misión Vivienda Venezuela (Gmvv) a la Inmobiliaria Nacional, S.A.
Según el decreto, “la Inmobiliaria Nacional S.A. podrá enajenar, otorgar en garantía, transferir a título gratuito u oneroso las bienhechurías, viviendas, apartamentos, y edificaciones” construidas con recursos provenientes del Fondo Simón Bolívar, Fondo de Aportes del Sector Público y cualquier otro Fondo asociado a la Gmvv.
Asimismo, será el Banavih (Banco Nacional de Vivienda y Hábitat) el ente recaudador de la cartera de créditos y de los recursos generados por la administración de los bienes inmuebles, y corresponderá a este realizar los trámites relacionados con los documentos de protocolización, cobranza y regularización de la propiedad de las viviendas.
La tenencia de la tierra en asentamientos urbanos y periurbanos será regularizada por el Instituto Nacional de Tierras Urbanas (Intu) con la elaboración de títulos de adjudicación de los terrenos propiedad de la República y de la Administración Pública. Igualmente, deberá elaborar los títulos de propiedad de los beneficiarios conformados en Comité de Tierra Urbana cuyas bienhechurías estén constituidas en los terrenos transferidos.
La República y los entes de la Administración Pública protocolizarán los documentos de propiedad de los terrenos sobre los que se hayan construido o se proyecten construir urbanismos de la Gmvv y de los terrenos con asentamientos urbanos y periurbanos a favor de la Inmobiliaria Nacional.
El decreto declara “urgentes” todos los trámites necesarios para el cumplimiento de sus disposiciones, por lo que insta a los registradores y demás autoridades nacionales, estadales y municipales a prestar su colaboración e instruye al Ministerio de Relaciones Interiores, Justicia y Paz a través del Saren (Servicio Autónomo de de Registros y Notarías) implementar los mecanismos dirigidos al cumplimiento de las disposiciones.
El texto legal especifica que queda a cargo de la Procuraduría General de la República y del Ministerio de Hábitat y Vivienda la realización de los trámites pertinentes, los cuales deberán realizarse dentro de los próximos 180 días.
Kemberlyn Talero.-
El Mundo Economía & Negocios
28-06-2016
Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Administrador del Grupo Yahoo corredor_inmobiliario
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
twitter: @Henry_Medina
hmedina30@yahoo.es
SUSCRIBETE 100% AL EXCLUSIVO GRUPO YAHOO CORREDOR_INMOBILIARIO HENRY MEDINA
Subscribir:
corredor_inmobiliario-subscribe@yahoogroups.com
MAS INFORMACION: http://ow.ly/r9QoW
No hay comentarios:
Publicar un comentario