lunes, 31 de marzo de 2014

Inquilinos tienen prioridad de compra de inmuebles con más de 20 años en alquiler

Los propietarios y arrendadores de edificios con más de 20 años de arrendamientos deben ofertar en venta a sus arrendatarios 

Quien incumpla será multado con dos mil UT por vivienda 

Emen .- Este lunes circula en la Gaceta Oficial N° 40.382 las normas  para que los propietarios y arrendadores de edificios que tengan 20 años o más dedicados al arredamiento los oferten en venta a sus arrendatarios.

La providencia del Ministerio de Vivienda y Hábitat establece que los propietarios de los edificios  que tengan más de 20 años dedicados al arrendamiento propiedad multiarrendadores "deberán ofertar en venta a sus arrendatarios en un lapso de 60 días hábiles a partir de la entreda en vigencia de las presentes normas".

La oferta en venta a que se hace referencia  deberá hacerse de conformidad a lo establecido  en el Título VI de la Prefrencia Ofertiva y Retracto Legal, Capítulo 1, de la Preferencia Ofertiva de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamiento de Vivienda.

El art. 2 señala que: "El propietario o arrendador de edificios que tengan 20 años o más dedicado al arrendamiento que no de cumplimiento a lo establecido  en la presente providencia será multado con dos mil unidades tributarias por cada unidad de vivienda que no oferte, multa que deberá  cancelar en un lapso  de cinco días hábiles una vez determinado el incumplimiento".

El propietario o arrendador del edificio, a los fines de solicitar el Justo Valor deberá hacerlo por escrito ante la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda.

El Mundo
31-03-2014
Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Administrador del Grupo Yahoo corredor_inmobiliario
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
twitter: @Henry_Medina
hmedina30@yahoo.es



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