Autoridades investigarán quejas de trabajadores de El Tijerazo
El Gobierno decidió que el precio del metro cuadrado de los locales comerciales no podrá exceder de los 250 bolívares ARCHIVO
El Gobierno en el régimen transitorio para los alquileres comerciales no sólo fija un valor máximo para el calculo del canon, también modifica las cláusulas de los contratos.
El decreto publicado en la Gaceta Oficial No. 40.305 del 29 de noviembre señala que los propietarios y administradores de los establecimientos comerciales no podrán establecer sanciones por horarios de apertura o cierre de los locales.
Se indica que "quedan sin efecto las cláusulas de los contratos de arrendamiento que establecen multas al arrendador por la no apertura comercial, por apertura fuera de horario o por el cierre anticipado".
Además estarán sin efecto "las imposiciones por el arreglo de fachadas y vitrinas por incumplimiento, y cualquier otra penalidad, regalía o comisión de apariencia parafiscal".
En el sistema transitorio no se podrán efectuar ajustes de los cánones ni se podrán realizar pagos sobre la base de un porcentaje de las ventas brutas o netas del arrendatario.
Los contratos, adicionalmente, tendrán otros cambios. Según la normativa, queda prohibido "el arbitraje privado para resolver los conflictos surgidos entre arrendador y arrendatario con motivo de la relación arrendaticia; la resolución unilateral del contrato de arrendamiento; la aplicación de medidas cautelares de secuestro de bienes o inmuebles vinculados con la relación arrendaticia; y la admisión de contratos de arrendamientos por parte de empresas extranjeras".
Más allá de ajustar los términos de los acuerdos, el Gobierno decidió que el precio del metro cuadrado de los locales comerciales no podrá exceder de los 250 bolívares mensuales. Si el valor está por encima de este monto se regulará a la baja y si está por debajo del tope se mantendrá el canon que se fijó en el contrato entre las partes.
Ese parámetro unificado se aplica a escala nacional, y por ahora, no toma en cuenta la naturaleza del negocio, las condiciones del local y la ubicación geográfica, que son los factores que usan los propietarios para estimar las rentas.
El pasado fin de semana el ministro de la Vivienda, Ricardo Molina, indicó que en la ley que regulará los cánones de arrendamiento en los locales si serán considerados para el cálculo de las rentas: la calidad de la edificación, ubicación, el tiempo de vida útil de la edificación, el costo original y la rentabilidad.
En el régimen transitorio además es regulado el pago del condominio, que no excederá del 25% del monto del precio del canon de arrendamiento.
Sobre este ajuste, el presidente de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela, Aquiles Martini, indicó que "entre 10 y 12% de los locales están en los centros comerciales, y con la rebaja se afectarán los servicios".
Revisiones
Ayer las autoridades estuvieron en los centros comerciales para verificar el cumplimiento de la nueva normativa.
El ministro de la Vivienda, Ricardo Molina además sostuvo una reunión con los pequeños comerciantes y en cadena nacional le informó al Presidente Nicolás Maduro que "con los comerciantes se acordó un cronograma de reuniones para revisar el decreto aprobado".
El jefe de Estado también ordenó la captura de los dueños de las tiendas El Tijerazo, tras las denuncias de los trabajadores. Indicó que los dueños deben ir presos, porque tenían a los trabajadores en esclavitud y solicitó al Ministerio de Interior, Miguel Rodríguez, a capturar a los propietarios. MAH
RAZONES
• En los considerandos del decreto del régimen transitorio de los alquileres, el Gobierno señala que "es necesario acabar con el arrendamiento especulativo y explotador, en procura de las relaciones arrendaticias justas".
• Se añade que "es indispensable la intervención inmediata oportuna del Ejecutivo nacional en la protección de los pequeños y medianos productores, industriales y comerciantes que carecen de la capacidad económica para adquirir inmuebles destinados al comercio".
El Universal
03-12-2013
Recopilado por:
Lic. Henry Medina
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