miércoles, 6 de noviembre de 2013

Inquilinos podrán pagar alquiler en Sunavi sin expediente

La paralización de los pagos generó protestas de los propietarios

A partir del lunes 4 de noviembre los inquilinos que no han podido registrarse en el Sistema de Arrendamiento de Vivienda en Línea debido a que no poseen la copia del expediente de consignaciones del Tribunal 25, podrán hacerlo prescindiendo del documento. Esto significa la reanudación de sus pagos a través de Internet, en el sistema regulado por la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda.

El expediente de consignaciones era uno de los requisitos solicitados por la Sunavi para inscribirse en el Savil y realizar cualquier operación arrendaticia, bien sea pago y cobro de alquileres, o solicitud de fijación de canon de arrendamiento. El problema es que el Tribunal 25 del Área Metropolitana de Caracas que otorga el documento está cerrado desde el año pasado, lo que paralizó los procedimientos.

Con el anuncio, publicado ayer por la Sunavi, también se establece que los propietarios podrán inscribirse en el sistema y a partir del lunes comenzar a cobrar los pagos realizados por los inquilinos a través del Savil.

Datos de la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos señalan que alrededor de 35.000 expedientes se encuentran represados en los tribunales. Se calcula que los recursos que no se han podido retirar en el transcurso de un año y 7 meses ascienden a 70 millones de bolívares. La situación generó la protesta de los propietarios.

El aviso no explica qué ocurrirá con el dinero que está en los tribunales y pertenece a los arrendatarios. Solo procura que se reanuden los pagos a través del Savil sin necesidad de entregar el expediente de consignación.

Los inquilinos deben realizar el depósito del canon en el Banco del Tesoro luego de cumplir con los pasos del registro: inscribirse en el portal del Savil, validar la inscripción según el número de cédula en la sede de la Sunavi y descargar las planillas del pago correspondientes.

Para completar el registro ante el organismo, deberá llenar una declaración jurada que se entrega en la recepción y presentar el último recibo de pago consignado ante el Tribunal 25, entre otros requisitos.

Los arrendatarios podrán hacer el retiro de las mensualidades, que serán abonadas a la cuenta del propietario los primeros 10 días de cada mes. Debe descargar a través del Savil las planillas correspondientes y presentarlas en la Sunavi el día correspondiente a su terminal de cédula.

El Nacional
02-11-2013

Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Administrador del Grupo Yahoo Corredor_Inmobiliario
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
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