jueves, 28 de noviembre de 2013

Desalojo de inquilinos demora hasta ocho años

Expertos consideran que la ley fomenta abusos de los inquilinos | Foto Leonardo Guzmán 

Se han registrado casos de arrendadores que piden compensaciones en divisas para desocupar los inmuebles

NICOLLE YAPUR

Los trámites que deben realizar los propietarios de inmuebles alquilados para recuperar su vivienda pueden demorar ocho años, de acuerdo con los cálculos de la abogada especialista en el área, Cora Farías.

Explicó que el procedimiento administrativo para efectuar el desalojo, con el visto bueno de la Superintendencia de Arrendamiento de Vivienda, incluye cerca de seis pasos que se deben ejecutar en cuatro instancias, que comienza con el procedimiento ante la Sunavi y finaliza con la decisión del tribunal superior en lo civil.  

Cada uno de ellos puede tomar entre un año y año y medio. Sin embargo, la espera más larga ocurre después de que el tribunal aprueba la desocupación: la Sunavi debe autorizar un refugio o vivienda digna para el inquilino y su familia.

“Estoy esperando por un refugio para un arrendatario desde hace dos años y estoy de 42 en la lista de la Sunavi”, dijo la experta. Según información oficial, el organismo ha reubicado a 40 familias.

Farías afirma que la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, aprobada en noviembre de 2011, sanciona solo al propietario y fomenta el abuso de inquilinos. Señaló que la mayoría de los casos de desalojo se resuelven mediante negociaciones, en las que los inquilinos a menudo solicitan compensaciones en dólares o piden al propietario que los ubique en otra vivienda. “Tengo un caso de una persona que vive en el extranjero y quería recuperar su casa en Altamira. Tuvo que comprarle al inquilino un apartamento valorado en 25.000 euros para que le devolviera el inmueble”, contó.

“Los arrendadores terminan pagando indemnizaciones millonarias, es como si volvieran a comprar el inmueble”, expresó Teresa Borges, especialista en Derecho Inmobiliario. Agregó que la legislación falla en proteger al arrendatario que realmente cumple.



Limitaciones. Borges afirmó que la Sunavi hace una “labor titánica” para atender las solicitudes, sin embargo, carece de personal, presupuesto e infraestructura suficiente para dar respuestas expeditas. “Están haciendo operativos de regulación para simplificar el proceso, lo cual no es mala idea, pero obvia las formalidades y lesiona el derecho a la defensa, por ejemplo”, sostuvo.

Indicó que los requisitos para realizar cualquier trámite resultan muy onerosos para los inquilinos. “Solicitan copias certificadas de todo y piden documentos que reposan en los archivos públicos”. Dijo que recabar los requisitos necesarios para una gestión común, como la regulación del canon, demanda una inversión de entre 3.000 y 5.000 bolívares, sin sumar los honorarios profesionales del asesor legal.

Borges y Farías consideran que se debe reformar la legislación. Sin embargo, hay algunos aspectos que consideran positivos. Farías destacó el funcionamiento del Sistema de Arrendamiento de Vivienda en Línea, que permite llevar un control de los pagos a través de la web y la eliminación de cláusulas leoninas para los inquilinos en los contratos.

El Dato

La legislación ha generado lo que los expertos llaman un mercado paralelo de arrendamiento. Se trata de contratos que se celebran de manera privada, que no pasan por notaría. “No se está cumpliendo la ley”, dijo Cora Farías, abogada. Recordó que en los contratos de la Sunavi el inquilino es el único que determina el fin de la relación arrendaticia

El Nacional
27-11-2013

Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Administrador del Grupo Yahoo Corredor_Inmobiliario
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
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