Por considerar que no era la vía judicial idónea y que no demostró como afectaba sus derechos constitucionales, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) rechazó la acción de amparo que un ciudadano interpuso contra el Ministerio del Despacho de la Presidencia por su decisión de construir el Mausoleo del Libertador y de remodelar las inmediaciones del Panteón Nacional.
En el fallo 895, redactado por la magistrada Luisa Estella Morales, se desechó la solicitud que el ciudadano Eduardo Hernández Díaz consignó en noviembre de 2012, alegando que ha podido recurrir la resolución de edificar el nuevo recinto donde reposan los restos del Padre de la Patria en los tribunales contencioso administrativos.
Hernández, en su escrito, denunció que la decisión gubernamental violaba los derechos a la participación ciudadana y de paso la Ley de Patrimonio. Asimismo cuestionó el diseño del Mausoleo, por considerar que el mismo hace apología a una tendencia partidistas, pues, a su juicio, emula a una V como la del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV).
Por último, criticó que el ministro para la Transformación de Caracas, Francisco Sesto, se haya auto designado como el diseñador de la obra.
El Universal
16-07-2013
Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Administrador del Grupo Yahoo Corredor_Inmobiliario
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
twitter: @Henry_Medina
hmedina30@yahoo.es
Linkedin: http://ve.linkedin.com/pub/henry-medina/21/59b/59b
http://es.groups.yahoo.com/group/corredor_inmobiliario/
No hay comentarios:
Publicar un comentario