miércoles, 27 de febrero de 2013

Modifican condiciones de créditos hipotecarios de vivienda


El Ministerio para la Vivienda y Hábitat dictó nueva resolución que modifica las condiciones para créditos para la adquisición, autoconstrucción, ampliación y mejora de vivienda principal con recursos de la cartera de créditos obligatoria. Los cambios principales contenidos en la nueva resolución están vinculados con el Subsidio Directo Habitacional, que es una ayuda no reembolsable que otorga el Estado a familias que ganen hasta cuatro salarios mínimos al mes (Bs. 8.189,92).
Los créditos por cartera hipotecaria son otorgados a familias con ingresos mensuales de entre uno (Bs. 2.047,48) y quince salarios mínimos (Bs. 30.712,2). La cartera hipotecaria es la porción (20%) de la cartera de créditos que los bancos deben destinar para financiar viviendas. Éstos serán determinados según la capacidad de pago de la familia, tal como sucedía hasta ahora, pero agrega que: cuando conlleven el Subsidio Directo Habitacional, "el monto estará sujeto al valor de la vivienda, la cual no podrá exceder la cantidad de Bs. 350.000″. Si la familia desea optar por el subsidio, tiene que seleccionar una vivienda cuyo valor no exceda Bs. 350.000. Este tope no estaba contenido en la resolución anterior.
Actualmente, para el otorgamiento de créditos para vivienda principal con recursos del Fondo de Ahorro Obligatorio para Vivienda (FAOV), ese subsidio no debe superar Bs. 270.000. La resolución ministerial ordena que para el otorgamiento del subsidio a los créditos por cartera debe seguirse las condiciones establecidas en la resolución para créditos FAOV.
La normativa establece un subsidio de 100% si la familia gana menos de un salario mínimo mensual; de 80%, si gana un salario mínimo; 54,19%, hasta dos salarios mínimos; 30% hasta tres salarios y 10% hasta cuatro salarios mínimos. Primero se pide el crédito y después el subsidio, una vez agotada la capacidad crediticia del solicitante. Asimismo, se modificó el tope de ingresos para los créditos dirigidos a autoconstrucción, ampliación o mejora de vivienda principal. Las familias no podrán ganar más de seis salarios mínimos (Bs. 12.284). El límite era de cinco salarios mínimos.
Lo que sigue igual:
− Cuota mensual para el pago de los créditos no podrá superar 35% del ingreso familiar. − Los plazos para pagar son: 30 años adquisición, 20 años autoconstrucción, 15 años ampliación y 10 años mejora. − Los créditos pueden ser hasta 100% de la solicitud, conforme al valor que resulte del avalúo de la vivienda y de acuerdo con el ingreso mensual integral de la familia. − El BANAVIH velará por el cumplimiento de la resolución.

VEA
26-02-2013

Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Administrador del Grupo Yahoo Corredor_Inmobiliario
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
twitter: @Henry_Medina
hmedina30@yahoo.es
Linkedin: http://ve.linkedin.com/pub/henry-medina/21/59b/59b

http://es.groups.yahoo.com/group/corredor_inmobiliario/

No hay comentarios:

Publicar un comentario