Ricardo Prieto, quien tiene alquilado un apartamento en un conjunto residencial de Caricuao, no ha cancelado la cuota de condominio del edificio por más de seis meses.
¿La razón? Los fondos obtenidos por la renta mensual del arrendatario son insuficientes para cancelar lo correspondiente al condominio y de paso, los recursos que obtiene de su pensión por ser un adulto mayor son bajos.
Y es que son diversos los casos de morosidad de pagos en edificios de propietarios con inquilinos y sin ellos. Ejemplo de ello se nota en las carteleras de los inmuebles, ya que las personas que no han pagado están marcadas llamativamente con la palabra "morosos".
El monto promedio de los pasivos totales en un edificio en el área metropolitana puede llegar a un millón de bolívares. La Ley de Propiedad Horizontal vigente, en su artículo 39, señala que "el propietario que reiteradamente no cumpla con sus obligaciones, además de ser responsable de los daños y perjuicios que cause a los demás, podrá ser demandado para que se le obligue a vender sus derechos, hasta en subasta pública".
Aquiles Martini, presidente de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela (CIV), comentó que los retardos de la cancelación mensual en los conjuntos habitacionales son producto de las recientes normas jurídicas aprobadas este año, contenidas en la Ley Contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas y la Ley de Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas.
Asimismo, declaró que la creación de leyes en el entorno inmobiliario que de una manera u otra se encargan de proteger más al inquilino que al propietario hace que los arrendatarios dejen de pagarle a los arrendadores.
Además, agrega que como la cuota mensual del alquiler es inferior al condominio, pues los alquileres están congelados desde hace ocho años, sencillamente los propietarios se convierten en morosos. "Todo esto pasa por crear leyes que no toman en cuenta la realidad económica del país. Se están generando casos de anarquía", dijo Martini.
También están aumentando los casos en que los propietarios que no viven del alquiler, porque no arriendan su vivienda, igualmente no pagan la renta mensual.
Sobre este punto, el presidente de la CIV recomienda a todas las personas en general cancelar la retribución de los días correspondientes para que no sean objeto de sanciones.
DAÑOS MAYORES
María Elena Navarro, coordinadora general de la Red de Propietarios de Viviendas en Alquiler, señala que la falta de recursos ocasiona desperfectos en los edificios debido a la incapacidad de cumplir a tiempo con el mantenimiento de las estructuras.
A su juicio, si las juntas de condominio no cuentan con el dinero de los dueños de viviendas es casi imposible destinar recursos para el pago de la electricidad, agua o reparaciones mayores como el caso de los ascensores.
Navarro informó que hay propietarios que reciben cada 30 días 75 bolívares por concepto de alquiler, dinero que en diversos conjuntos residenciales es insuficiente a la hora de cumplir con el condominio. Aseguró que con respecto a 2010 la lentitud en los pagos ha aumentado hasta en un 70%.
REALIDAD RESIDENCIAL
Nelson Palacios, presidente de la Junta de Condominio de Residencias Panorama de El Paraíso, confirmó que en la edificación los casos de morosidad se han incrementado y dice que hay personas que deben hasta tres años. Asegura que realizar acciones legales "se convierte en una perdedera de tiempo" por la cantidad de trámites que se debe hacer en los tribunales.
Señaló que sólo un 15 por ciento de los propietarios cancela el recibo de condominio en el instante y dijo que la morosidad "histórica" asciende a 300 mil bolívares.
Por: EDUARDO LUGOTal Cual
20-12-2011
Recopilado por:
Lic. Henry Medina
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