miércoles, 31 de agosto de 2011

Consejos comunales fiscalizarán los arrendamientos

La instancia técnica de la Comisión de Administración y Servicios de la Asamblea continúa la revisión a las disposiciones de la reforma de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, y uno de los puntos evaluado ayer fue la participación del poder popular.

De acuerdo a lo aprobado de manera preliminar, los consejos comunales y las organizaciones sociales se encargarán de ejercer la contraloría social en los procesos de arrendamientos de inmuebles.

Voceros de las organizaciones que agrupan a los inquilinos señalaron que los consejos comunales fiscalizarán las relaciones de alquiler y ello implicará supervisar a los propietarios de los inmuebles así como a los arrendatarios.

Agregaron que de igual manera los consejos comunales asumirán la inspección en los procedimientos de desalojos de los inquilinos.

La instancia técnica de la Comisión también evaluó los artículos correspondientes a los pagos por consignación (alquileres que se tienen que pagar en los tribunales)

Esos artículos fueron diferidos la semana pasada, debido a que los procedimientos eran similares a la ley vigente. La instancia analizó la disposición y reiteró que el pago en los juzgados será realizado en un plazo de 20 días hábiles siguientes al vencimiento de la mensualidad.

Esas cancelaciones se efectúan cuando los arrendadores manifiestan que la renta vencida tendrá que ser consignada en los tribunales.

Esos artículos esta semana serán analizados por los diputados de la Comisión.

En evaluación

La instancia técnica esta semana contempla evaluar las sanciones del proyecto y las disposiciones transitorias.

En la propuesta de reforma que fue entregada el pasado mes de marzo se contemplan multas por el incumplimiento de la ley que oscilan entre 50 y 400 unidades tributarias (3.800 y 30.400 bolívares).

En ese mismo capítulo sobre las sanciones se indica que si el propietario de un inmueble reincide por segunda vez, la multa se duplica y en la tercera oportunidad se expropian los inmuebles, si el dueño tiene más de 5 bienes.

En las disposiciones transitorias del proyecto se indica que los dueños de las edificaciones destinadas al alquiler tendrán un plazo para vender los inmuebles a los inquilinos. Y si los propietarios pasado el tiempo no realizan la oferta se procederá a la expropiación de los inmuebles. Posteriormente un ente estatal iniciará la adjudicación y transferencia de la propiedad a los arrendatarios.

El Universal
30-08-2011

Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
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