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A fin de democratizar el acceso a los créditos para la adquisición de viviendas, el Estado venezolano estableció las condiciones de los financiamientos otorgados, a través de los recursos propios de las instituciones financieras y de los provenientes de los fondos regulados.
De este modo, las cuotas máximas para el pago de los préstamos hipotecarios no superarán el 35 % del ingreso familiar mensual, y los préstamos hipotecarios para la adquisición de vivienda principal tendrán un plazo máximo de 25 años.
Así lo indica la resolución del Ministerio del Poder Popular para Vivienda y Hábitat publicada en Gaceta Oficial 39.716, de fecha 19 de julio de 2011, que circuló este miércoles, en la que también se plantea que el monto máximo del subsidio directo será aplicable en aquellas viviendas cuyo costo no supere los 270 mil bolívares , y se otorgará sólo a quienes no hayan recibido anteriormente este beneficio.
Asimismo, informa que los préstamos hipotecarios podrán ser otorgados, hasta por el 100% del valor del inmueble en garantía, según el avalúo que se practique y de acuerdo al ingreso familiar mensual.
El monto de la cuota inicial se determinará sobre el costo de la vivienda, una vez reducido el subsidio correspondiente. Se fijará tomando en cuenta el ingreso familiar: 2% para quienes devenguen entre dos y tres salarios mínimos; 5% entre tres y cuatro salarios mínimos; 10% entre cuatro y cinco salarios, y 20% para quienes ganen más de seis salarios mínimos.
Por su parte, aquellas familias que presenten un ingreso mensual menor a dos salarios mínimo no cancelarán cuota inicial.
Las condiciones de financiamiento buscan asegurar el acceso de los ciudadanos a los créditos hipotecarios que se concedan bajo los lineamientos de la Gran Misión Vivienda Venezuela, un programa diseñado por el Gobierno del presidente Hugo Chávez para combatir el déficit habitacional, en el cual el costo de los apartamentos está situado en 270.000 bolívares.
Agencia Venezolana de Noticias
20-07-2011
Recopilado por:
Lic. Henry Medina
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