martes, 27 de febrero de 2018

Isabel Allende

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Isabel Allende

" Me gustan las personas que tienen que luchar por obtener algo, los que teniendo todo en contra, salen adelante. Esta es la gente que me fascina. La gente fuerte. "
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4° entrega de dudas generales sobre el alquiler de locales comerciales


En el contrato de arrendamiento ¿se puede pactar que me paguen directamente, y puede ser por mensualidades anticipadas? ¿Y pueden pedirme el pago del canon en  dólares?

Conforme a la nueva ley el Canon de Arrendamiento deberá ser pagado en una cuenta bancaria cuyo único titular sea el arrendador. No podrá ser clausurada, cualquier cambio debe ser notificado con 15 días de antelación a la oportunidad de pago.

Esto es importante considerarlo al terminar el lapso del contrato y de la prórroga legal para evitar la tácita reconducción.

Las partes son libres de convenir en la oportunidad del pago del canon de arrendamiento, es decir, si anticipado o vencido.

Está prohibido y sancionado exigir el pago del canon en moneda extranjera.

Soy inquilino y he tenido problemas con el arrendador, y ahora parece que no me quiere recibir el pago, ¿qué hago? Cerró la cuenta bancaria en la cual depositaba hasta ahora…

En caso de imposibilidad de realizar el pago, el inquilino podrá hacerlo en la cuenta que se creará a tal efecto, lo cual no se ha cumplido, por ello se previó provisionalmente una oficina de consignaciones que atiende en la misma sede de los tribunales. Sin embargo, ante tal situación el arrendador no puede pretender accionar por mora del deudor, ya que él la ha provocado.

Como ya me voy del local y tuve que consignar los cánones, ¿puedo ir a la oficina de consignaciones a pedir me los devuelvan?

En esta ley se mantiene la prohibición de retiro de esos depósitos por parte del inquilino, y luego de transcurridos dos años sin que el arrendador haya comparecido a retirarlos o interrumpir la prescripción o suspenderla, dichas consignaciones pasan a la disposición del organismo competente en materia de arrendamiento de inmuebles destinados al uso comercial.

Tuve inconvenientes con el inquilino, pues correspondía el aumento del canon y no aceptó, comenzó a hacer los depósitos en la oficina de consignaciones, ¿eso no se pierde?
Para evitar perder las consignaciones debe retirarlas y aceptar el pago si todo está correcto, de no ser así debe accionar ante tribunales, o realizar trámites para interrumpir la prescripción para el retiro, cobro, exigencia, o en su defecto la suspensión (Art. 29).

Tengo un tiempo como inquilino, pero nunca el arrendador me da recibo ni factura, mi contable me dice que eso no está bien, ¿qué puede pasar? ¿A qué tengo derecho?

En primer lugar, está sujeto a cualquier revisión fiscal y al no disponer de las facturas correspondientes al gasto, puede ser sujeto a sanciones.

La nueva ley establece como obligación para el arrendador emitir y entregar recibo (factura) detallada, de no hacerlo así puede ser denunciado y sancionado.

Voy a arrendar mi local, pero me dicen que tengo que ver qué tipo de canon pacto, ¿cuál es el procedimiento?
La ley estipula tres modalidades de canon de arrendamiento.

Lo primero que debe hacerse, independientemente de la modalidad de canon, pues es un requisito del contrato, es proceder a un avalúo del inmueble según método de COSTO DE REPOSICIÓN que debe realizarse para el momento de la celebración del contrato y constar en el mismo.

Es importante destacar que la ley no atribuye competencia de fijación a la SUNDDE ni procedimiento para ello, SOLO SE LE ATRIBUYE LA INTERPRETACIÓN DEL SISTEMA DE CÁLCULO, la supervisión y acordar la metodología del avalúo a aplicar.

Las tres modalidades de fijación del canon (Art. 32):

1) Fijo: Según la fórmula establecida, rentabilidad hasta un 12% y 20% para el primer año en inmuebles nuevos.

2) Canon variable con base a porcentaje de ventas, entre 1% y 8% sobre el monto bruto de ventas, expresadas en la Declaración Regular del Impuesto al Valor Agregado, y en actividades de entretenimiento entre un 8% y 15% .

3) Canon de arrendamiento mixto, porción fija más porcentaje de venta, la porción fija hasta un 50% de lo que correspondería a la fija, y un porcentaje no superior al 8% de las ventas. Si el porcentaje de ventas supera el doble de la porción fija, el canon mensual quedará fijado como si fuere variable.

Solo en caso de no acuerdo entre las partes, la unidad administrativa  procede a determinarlo.

Los porcentajes de rentabilidad podrán ser modificados por la SUNDDE.

Cerramos por hoy esta entrega.

Teresa Borges García

Camara Inmobiliaria de Venezuela
22-02-2018
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Demanda de locales domina el mercado


Foto: JHONNATAN BENITEZ @jhonnaphotoLos establecimientos para vender alimentos dominan el mercado inmobiliario insular. Foto: ARCHIVO SOL DE MARGARITA

La presidenta de la Cámara Inmobiliaria precisó que los inmuebles para instalar ventas de alimentos y víveres son los más demandados.
Dexcy Guédez. @dexcyguedez

La demanda de locales comerciales para la instalación de minimercados o cualquier venta de alimentos y víveres de consumo masivo domina en estos momentos el mercado inmobiliario en la isla de Margarita.

Carolina Flores Sierra, presidenta de la Cámara Inmobiliaria del estado Nueva Esparta, indicó que es el área que actualmente garantiza a los comerciantes el éxito de su negocio porque la gente tiene toda la prioridad puesta en alimentarse.

Dijo que en cambio, los locales para la prestación de otros servicios han cerrado en grandes cantidades, ya que se ha reducido la demanda en cuanto al mantenimiento de los electrodomésticos.

Flores Sierra confirmó que aunque no es un área que le compete, la falta de inventarios ha llevado a muchos comerciantes a cerrar tiendas del Puerto Libre e incluso han cambiado de ramo para vender rubros de consumo masivo importados.

"En el caso de los servicios, se han reducido las oportunidades con el incremento del costo de la vida, por lo que muchas personas han preferido cerrar e incluso, irse del país", indicó la titular del gremio inmobiliario en la entidad.

Aseguró que la concreción de arrendamiento se estanca en algunas ocasiones, puesto que los cánones no son directamente proporcionales a sus expectativas, y en virtud de que "los números no le cuadran", desisten de arrendar los inmuebles.

Cánones dolarizados

Representantes del sector inmobiliario que pidieron la reserva explicaron que en vista de que los cánones de arrendamiento se han dolarizado, cuando se toma un referencial en bolívares, los costos resultan muy altos.

Aseguran que el mercado residencial sufre momentos difíciles por cuanto la dolarización aleja las posibilidades de arrendamiento, aun cuando Margarita sigue teniendo ventajas en comparación con otras regiones del país.

Sin mercado

La presidenta de la Cámara Inmobiliaria de Nueva Esparta, Carolina Flores Sierra, acotó que cuando los potenciales inquilinos de establecimientos comerciales no tienen seguridad de que el servicio que vayan a prestar tendrá la acogida que esperan, prefieren no correr riesgos por no contar con el mercado necesario.

Sol de Margarita
21-02-2018
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jueves, 22 de febrero de 2018

Thomas Carlyle


Thomas Carlyle

El hombre ha nacido para luchar, y es como se le define mejor diciendo que es un guerrero nato y que su vida desde el principio al fin no es sino una batalla. "
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De nada sirve al hombre lamentarse de los tiempos en que vive. Lo único bueno que puede hacer es intentar mejorarlos. "

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Venezolanos rematan apartamentos y carros para irse del país o sobrevivir


Ginette González2060

Caracas – Desde el último trimestre del pasado año comenzó a observarse con más intensidad el movimiento de oferta de propiedades en el mercado secundario de viviendas. Agentes inmobiliarios reportaron que apartamentos, locales y casas se vendían tres o 4 veces por debajo de su valor. Sin embargo, desde inicios del año 2018, cuando la hiperinflación se ha hecho sentir con más voracidad en el bolsillo del venezolano, los bienes han comenzado a rematarse. “El propietario está dispuesto a escuchar cualquier propuesta”  destaca en los correos con las ofertas de las agencias.  El valor del metro cuadrado ha caído estrepitosamente en zonas como Altamira Sur donde se comercializan inmuebles hasta por 40mil dólares, en Lomas del Ávila  hasta en 20 mil dólares, en Sebucán 140 mil dólares, en Las Acacias 30 mil; esta situación se repite en toda Caracas y sus ciudades dormitorios, pues hasta en Guarenas los apartamentos que costaban 20 mil dólares ahora a duras penas se cotizan a 7 mil dólares.

Y es que nadie habla de bolívares, aunque esté prohibido expresamente hacer operaciones en moneda extranjera y ofertar bienes en divisas; pero es que para cualquier persona con sentido común quiere obtener alguna entrada en moneda dura que le garantice un fin determinado como puede ser irse del país o tener un ahorro que le permita aliviar los embates de la hiperinflación.

Probablemente el dinero que obtengan solo alcance para los pasajes de una familia o para la comida y renta de vivienda de unos pocos meses en el exterior, pero para muchos esto ya es suficiente cuando la desesperación se apodera de su ser.

Igual que con los apartamentos sucede con los vehículos,  en la actualidad se venden carros parados por desperfectos que el dueño no ha podido solventar en 350 dólares. Seguramente usted habrá escuchado ofertas como ésta que pueden ilustrar el tema y es que cualquier entrada en divisas hace que  un particular se desprenda de un bien en el cual ha invertido durante muchos años.

Algunas personas, deciden no vender, quedarse con el apartamento o el carro, porque consideran que las cifras que se ofrecen en el mercado no compensan su inversión. Se arriesgan a esperar a ver cómo se desenvuelve la crisis económica y  política que atraviesa el  país.

Finalmente poco es lo que se puede recuperar en un contexto donde el bolívar cada vez vale menos. Solo el que cuenta con un capital para especular con un futuro mejor puede hacer negocio con estos remates.Evidencia de ello es  la fuerte devaluación que implicó la más reciente subasta del Dicom que estableció una tasa de cambio superior a los Bs. 30.000 por euro. Hasta el gobierno que se negaba a reconocer un ajuste ha tenido que “dejar deslizar” el valor de la moneda pues es incontenible la avalancha inflacionaria que se ha llevado por delante todos los diques impuestos por los controles que solo han logrado distorsionar la economía nacional, desfigurarla  y dejar poco espacio para la recuperación de la misma.

¿Cuánto vale un bien en un país en el cual la confianza no existe? Es la pregunta que les dejo en el tintero estimados seguidores.

Con información de Venepress

Descifrado
08-02-2018
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VENTA / Santa Ines, casa, terreno: 300 M2, construccion: 200 M2, 4h+s, 4b, 4pe, estudio, calle cerrada


VENTA / Santa Ines, casa,  terreno: 300 M2, construccion: 200 M2, 4h+s, 4b, 4pe, estudio, calle cerrada

Estimadas(os) amigas(os) y colegas

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Saludos Cordiales

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domingo, 18 de febrero de 2018

Paula Broadwell

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Paula Broadwell

Todos cometemos errores. La clave es reconocerlos y admitirlos, aprender de ellos y desmontar el espejo retrovisor. Seguir adelante y no volver a caer en ellos. "

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Mercado inmobiliario está paralizado


Jóvenes inmigrantes envían remesas a Venezuela para completar el proceso de alimentación de sus familiares, pero además ya están comenzando a preguntar sobre cómo adquirir bienes inmuebles, dice Gutiérrez 

Miguel Gutiérrez, presidente de la Sociedad de Ingeniería de Tasación de Venezuela (Soitave) seccional Trujillo, informó que la entidad y el país experimenta una “etapa totalmente paralizada” en la venta de inmuebles, aunque los costos de éstos hayan bajado en el “mercado subterráneo” valorado en dólares. Añade que lamentablemente los precios de los inmuebles en moneda nacional han subido desproporcionalmente.

El también miembro de la Cámara Inmobiliaria del estado Trujillo comentó que han realizado sondeos en el mercado, encontrando así la existencia de personas naturales que han ofertado apartamentos en distintas zonas residenciales de Valera por 40 y 50 mil dólares, y hoy esas personas piden por ese mismo inmueble entre 20 y 25 mil dólares.

Las razones

“Esto pasa por varias razones, la primera es la enorme distorsión que hay dólar-bolívar, y luego la migración de grupos familiares, la cual es gigantesca y están vendiendo sus activos – incluyendo su inmueble – y en su desesperación por irse del país, han bajado el valor de su vivienda en dólares. Eso no sólo ocurre en Valera, sino en todo el país”, explicó Gutiérrez.

Preferencias

El ingeniero califica la situación del mercado inmobiliario como muy compleja, a su criterio las personas que poseen dólares para comprar, no lo hacen en Venezuela, prefieren adquirir un buen apartamento de 40, 70 y 100 mil dólares – por ejemplo – en Miami para alquilarlo. “Allá – en promedio – un alquiler está en 800 dólares, y ese dinero traído al país – al cambio del mercado paralelo – te da para vivir cómodamente”.

Costos de alquileres, un dolor de cabeza

En el caso específico del alquiler de inmuebles, Gutiérrez señala que las empresas inmobiliarias sobrevivientes a la crisis nacional, se han encontrado con una presión tanto del dueño del local comercial, como del arrendatario, porque ante la inflación, el dueño aspira revisar cada dos o tres meses su alquiler, y eso está contra la Ley de Arrendamientos y Locales Comerciales.

“Esta Ley establece que el canon de arrendamiento debe ser revisado anualmente en base a los índices de inflación del renglón bienes y servicios emitidos por el Banco Central de Venezuela (BCV), el detalle es que el BCV tiene tres años sin dar esas cifras, y además la hiperinflación que estamos viviendo es tan grande, que mantener un canon fijo durante un año le produce enormes pérdidas, y el inquilino – que entiende la situación – puede pagar un aumento módico, porque las ventas le han bajado como consecuencia de la soledad en los establecimientos comerciales no alimenticios sobre todo, producto de la hiperinflación. La gente ante los menguados ingresos que tiene, invierte estos en alimentación y transporte”.

Variaciones 

Para Gutiérrez, la economía en el mercado inmobiliario está totalmente desfasada y colapsada. Dice estar haciéndose presente un fenómeno en el sector arrendatario donde se están llegando a acuerdos en base a un costo fijo anual, pero con un pago adicional que varía de acuerdo a las ventas. “Si estas suben (y no porque vendan más sino porque todo sube de precio), el alquiler valdrá más, y si baja, pues será menos”.

Los emigrantes, la esperanza 

A pesar de este panorama nada alentador, hay razones para pensar en una recuperación en el corto o mediano plazo. Gutiérrez es de la idea que aunque resulte paradójico, de Venezuela se sigue yendo mucha gente, y a pesar de estar convirtiéndose Venezuela en un país de viejos y de niños, “esa gran masa de jóvenes emigrantes que nadie ha calculado formalmente – algunos hablan de dos y tres millones de ellos – se marcharon descontentos del actual sistema de gobierno, y son precisamente esos jóvenes los que en el corto plazo pudieran reactivar la economía”.

“Muchos de esos jóvenes que se han ido, ya se han estabilizado con trabajos rentables, están comenzando a enviar remesas para sus familiares en Venezuela. Envían dinero para remodelar la vivienda de sus madres, de su hermana, incluso ya están comenzando a adquirir viviendas acá en Venezuela para sus familiares, o para tener una pequeña inversión en su terruño en caso de regresar. Sus ingresos en el exterior no les dan para invertir en otros países, pero al transformar esas divisas en moneda nacional, pueden adquirir bienes acá”.

Distorsión cambiaria ayuda a comprar desde afuera

El representante inmobiliario dice haber casos valeranos donde han vendido – en el “mercado subterráneo” – apartamentos en 2 mil dólares. “Esa cantidad de dinero se la gana un muchacho fácilmente en un mes de trabajo en los EEUU. Un apartamento pequeño en La Beatriz – por ejemplo – se está cotizando entre 200 y 250 millones de bolívares. Eso al cambio de moneda – en el mercado paralelo inflado – implica mil 500 dólares”.

Gutiérrez es optimista al pensar que en el corto plazo, se va a producir un pequeño auge en el mercado inmobiliario, cuando esos jóvenes que han emigrado y se hayan estabilizado, comiencen a enviar remesas a sus familiares. “El país se va a convertir – en poco tiempo – en algo parecido a México y otros países centroamericanos, inclusive Colombia y Ecuador que reciben importantes cantidades de dinero de emigrantes de estas naciones. En países como El Salvador, las remesas que se reciben superan el PIB de esa nación”.

Muchas cosas han cambiado 

El ingeniero Miguel Gutiérrez detalló que el sector inmobiliario tuvo su auge cuando se aprobó la Ley de Política Habitacional, la cual permitió acceder a préstamos con intereses muy bajos, tanto para el constructor como para el adquiriente. “Eso fue hace 15 años atrás, para la época los ingresos familiares daban para acceder a una vivienda que estaba a unos precios estables, con una economía medianamente estable y con un sistema bancario que permitía dar créditos hipotecarios que eran factibles de pagar. Lamentablemente todo esto se distorsionó”.

Agrega que en Venezuela se hicieron leyes que fueron contra los inversionistas, como la Ley de Estafas Inmobiliarias, la cual – a su juicio – prácticamente acabó con los empresarios en el campo de la construcción. “Además la inflación ha sido tan enorme que los créditos que actualmente se dan a través de la banca pública o privada supuestamente para adquirir una vivienda, solamente alcanzan – si a caso – para hacer la cocina de una vivienda”.

Alexander González

Diario de Los Andes
12-02-2018
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3° entrega: Dudas sobre alquiler de locales comerciales


por Teresa Borges

Seguimos con nuestras entregas y tratamos de aclarar inquietudes, aún desarrollando el ámbito del arrendamiento comercial. En esta oportunidad iniciamos con la prórroga legal, derecho de Orden Público que protege al inquilino.

Como usted me dice que en el alquiler de locales hay prorroga legal, si le hacemos el contrato por 6 meses, ¿no es menos tiempo?
No, y debe considerar que el contrato de arrendamiento debe celebrarse por un lapso mínimo de un año, excepto si la actividad a desarrollar es temporal, y la prórroga legal mínima es de 6 meses, aunado a que también debe tener en cuenta la preferencia antes comentada (artículos 25 y 26).

No importa, se lo hacemos por un año, y luego hacemos otro con otra persona, para que así la prorroga legal sea menos, y listo…
Tal proceder resulta muy común, pero debe tomar en cuenta que ello constituye un fraude a la ley, que de ser probado puede acarrear sanciones, así como igualmente tener que respetar todo el período de prórroga legal que le corresponde al inquilino, aunado a que el juicio se complicará resultando más largo y oneroso.

La prórroga legal es obligatoria; se entiende que el contrato se mantiene a tiempo determinado; y su duración depende a su vez de la duración de la relación arrendaticia (artículo 26).

"Soy inquilino, pero me atrasé en el pago hace 3 meses, y ahora quieren vender. ¿Qué pasa si vence el contrato?, ¿me pueden desalojar?"

En primer lugar al volver insolvente en el pago del canon de arrendamiento, obligación principal del arrendatario en este tipo de contratos, pierde el beneficio de la preferencia ofertiva, y ya con ese simple hecho pueden pedir el desalojo, pues también pierde el beneficio de la prórroga legal.

"El inquilino está disfrutando la prórroga legal, pero no paga el aumento del canon que corresponde, y además ni siquiera paga el canon anterior, ¿qué puedo hacer?"

El arrendador puede plantear la correspondiente demanda por resolución de contrato por incumplimiento, denominada en la nueva ley desalojo.

"Estoy negociando un contrato de arrendamiento de un local, pero me dicen que tengo que pagar el condominio, ¿eso es así?"

Según la nueva ley, son obligaciones del arrendatario pagar el canon de arrendamiento; del condominio, si así fuere pactado; y los acordados por el Comité Paritario de Administración de Condominio.

"En el local se está presentando una filtración, me dicen que no le haga caso, ¿eso luego no me traerá problemas?"

La ley dispone que el arrendatario tiene tres días para dar el aviso correspondiente al arrendador, en caso contrario responde por los daños.

Como es un local, y la arrendataria es una empresa, me dicen que cobre un traspaso y ceda las acciones y listo, ¿hay problemas con esto?
Se debe ser cuidadoso, pues en la mayoría de los contratos se prevé esta situación considerándola como una cesión no autorizada,  se incurriría en un incumplimiento legal y contractual.

"Se me venció la prórroga legal y ya tengo sentencia firme de desalojo, pero me dijeron que si meto a alguien a vivir en el local, no pueden ejecutar el desalojo, ¿es así?"

Tal proceder constituiría un fraude a la ley y procesal. En primer lugar en el mismo contrato queda determinado el uso, aunado al hecho de la naturaleza misma del inmueble, que por otra parte prevé la ley, al disponer que no se puede cambiar el uso o destino del inmueble sin autorización, por lo que se estaría incumpliendo la ley y el contrato.

Pero más allá, ya existen criterios jurisprudenciales al respecto sancionando tal proceder y desconociendo el hecho sobrevenido.

"Como me voy a ir del local, no tengo que arreglar nada de los deterioros causados, ¿verdad?"

Es obligación del arrendatario entregar el inmueble en buen estado, salvo los deterioros normales del uso por el tiempo. De no hacerlo así, el arrendador puede descontar de la garantía los daños, inclusive si no resulta suficiente la garantía para cubrirlos puede ejercer acción de cobro de bolívares por el remanente.

"Se me venció el contrato de arrendamiento y la prórroga legal, ¿qué hago? ¿Qué puede pasar? Y si me demandan ¿pueden ejecutar una medida preventiva?"

Debe entregar el inmueble a la terminación de la relación arrendaticia en buen estado y solvente.

De no proceder conforme a la ley, el arrendador puede demandar el cumplimiento del contrato.

En estos casos debemos recordar:

El decreto de una medida preventiva (secuestro) procede una vez agotado el procedimiento administrativo y siempre queda a criterio del juzgador conceder la medida o no.

En materia de arrendamiento comercial no está prevista la medida de secuestro, que si contempla la Ley de 1999 por vencimiento del contrato y prórroga legal.

No está claro si puede decretarse otras cautelares distintas a la de secuestro y sin tener que agotar la vía administrativa previamente para ello.

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