martes, 4 de noviembre de 2014

Gremios dividen opinión en materia de arrendamiento comercial

El ente de regulación revisará si arrendadores de espacios destinados para la actividad económica se han apegado a la ley, mientras algunas asociaciones claman por una prórroga alegando que el decreto carece de método concreto para realizar avalúos.

A finales de noviembre de 2013, el Presidente de la República, Nicolás Maduro aseveró que controlaría el arrendamiento de los locales comerciales en el país por medio de un decreto que señalaba que los cánones de arrendamiento de inmuebles donde se desarrollen actividades comerciales no excederían un monto mensual de 250 bolívares por metro cuadrado.

Maduro aclaró en esa oportunidad que si el valor estaba situado por encima de ese monto, se regularía con respecto al decreto, y si se ubicaba por debajo se mantendrán los cánones establecidos en contrato firmado por las partes. En cuanto a los condominios, la nueva regla indicaría que el mismo no podrá exceder del 25% del alquiler.

Cinco meses después (mayo 2014), aparece en Gaceta Oficial el decreto ley que establece las condiciones y procedimientos para regular y controlar la relación entre arrendadores y arrendatarios para el arrendamiento de inmuebles destinados al uso comercial, que procura relaciones justas y socialmente responsables. Su aparición derogó el decreto que estipulaba el valor del metro cuadrado en 250 bolívares.

Tras su publicación, el Primer Mandatario Nacional habilitó una prórroga de seis meses para que los involucrados en el juego se adaptaran a las condiciones impuestas en la legislación y restando apenas un mes para finalizar el plazo, la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (Sundde) anunció que iniciaría la fiscalización de los establecimientos comerciales, para verificar si los arrendadores están cumpliendo la ley.

VERSIONES DIVERSAS

Ante tal anunció, la reacción inmediata de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela (CIV), fue señalar que en algunos comercios aún no se han ajustado ni fijado los nuevos cánones de alquiler, alegando que la Sundde no ha publicado la metodología que prevé la ley para hacer los avalúos. En tal sentido, enviaron un comunicado al Ministerio de Comercio donde indicaron que pedirían una prórroga para que el organismo estipule la fijación de los cánones. Hasta la fecha, ni la Sundde ni el Ministerio de Comercio se han manifestado en relación al tema, más allá del ofrecimiento de iniciar la fiscalización en varios sectores, incluyendo el área de los locales comerciales.

No obstante, la directora ejecutiva de la Cámara Venezolana de Centros Comerciales (Cavececo), Claudia Itriago, ofreció al equipo de El Periodiquito otra versión en relación al tema de la fijación de los cánones de arrendamiento.

“Ninguno de nuestros afiliados ha planteado ninguna prórroga, al contrario, lo que hemos ido haciendo es recomendar a los interesados la aplicación de la ley y nuestra tarea es velar por su debido cumplimiento”, indicó Itriago, quien a su vez agregó que el Decreto Ley define tres métodos por medio de los cuales los propietarios y arrendadores de locales deberán establecer los cánones justos de alquiler y en base a esos parámetros han ido adecuando a las partes.

Por otra parte, Itriago confirmó lo señalado en días recientes por el presidente de la Cámara Inmobiliaria del Estado Aragua, Héctor Gómez, quien dijo que las notarías se estaban negando a sellar los contratos por carecer de indicaciones y metodología en relación al tema de la Ley.

MÉTODOS ACTIVOS

Según el artículo 32 de la Ley, la primera manera de conciliar la tarifa de arrendamiento es mediante la fijación de un canon único (CAF) que considera el precio del metro cuadrado, el área y una rentabilidad de 12%. Cuando los locales sean nuevos la rentabilidad sube a 20%.

El segundo esquema contemplado es “variable” (CAV) y considera las ventas del local. Para la estimación se toma en cuenta el monto bruto de las ventas expresados en la declaración del Impuesto al Valor Agregado (IVA). El porcentaje a aplicar oscilará entre 1 y 8%. Para las operaciones comerciales cuya actividad sea el entretenimiento ese porcentaje estará entre 8 y 15%.

Acorde a la legislación, el tercer método es mixto (CAM). En este caso el canon será 50% fijo y el restante 50% será variable y el porcentaje de las ventas no podrá ser superior a 8%.

Según el texto, los cánones podrán revisarse solo al año del contrato y se podrá ajustar de acuerdo con la variación del Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) en bienes y servicios.

El Periodiquito
01-11-2014
Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Administrador del Grupo Yahoo corredor_inmobiliario
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
twitter: @Henry_Medina
hmedina30@yahoo.es



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