PLAZOS. De acuerdo a lo previsto en las normativas que regulan los préstamos hipotecarios, el plazo máximo es de 30 años.
CUOTAS. Las cuotas mensuales de los préstamos hipotecarios no pueden superar el 35% del ingreso familiar mensual, ni podrán ser menores al 10%. Según las resoluciones que regulan los créditos hipotecarios, las cuotas extraordinarias están permitidas para aquellos con ingresos por encima de los dos salarios mínimos (8.503 bolívares).
OPCIÓN DE COMPRA. Las opciones de compra venta (monto que se da por adelantado al propietario) se han ajustado. El modelo de contrato lo define el Banco Nacional de la Vivienda y Hábitat (Banavih).
CRÉDITOS FAOV. Los créditos por el Fondo de Ahorro de Vivienda son los previstos en la Ley Régimen de Vivienda que es el esquema al cual trabajadores y patronos aportan 3% del salario. Para solicitar ese tipo de financiamiento ya no hay topes de ingresos con lo cual todas las familias, siempre que coticen al sistema, pueden solicitarlo y el créditos más alto que se otorga es de 500.000 bolívares para la compra de la vivienda principal, 400.000 bolívares para la autoconstrucción, 200.000 ampliación de la vivienda principal y 150.000 mejoras de la vivienda principal.
PRÉSTAMOS POR GAVETA. Estos son los financiamientos que otorga la banca con sus recursos propios. Por esta vía se atienden a las familias que devengan ingresos desde 1 salario mínimo (4.251,78 bolívares) hasta 15 salarios mínimos (63.777 bolívares) y monto máximo es de 1,5 millones de bolívares. En la distribución de la porción de largo plazo (adquisición de soluciones habitacionales) se establece que 60% de la cartera debe orientarse a aquellos que ganan hasta 6 salarios mínimos (25.510 bolívares), y el 40% restante es para los que devengan hasta 15 salarios mínimos.
Se otorgan para completar la compra de una solución habitacional, pero para recibir ese beneficio se establecen condiciones. Quienes pueden optar al subsidio son los que van a adquirir una vivienda cuyo valor venta no supere los 578.000 bolívares. Para los casos de autoconstrucción el presupuesto de la obra no puede ser mayor a 400.000 bolívares. Según la normativa del sector vivienda, el subsidio directo se otorgará en 100% para aquellas familias que tienen ingresos menores a un salario mínimo y cuyo valor de la vivienda no sea mayor a los 360.000 bolívares.
El Universal
07-09-2014
Recopilado por:
Lic. Henry Medina
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