viernes, 13 de junio de 2014

Hay más de 25 mil solicitudes de refugios para los arrendatarios

La Ley de Regularización y Control de Arrendamiento de Vivienda como política pública ha resultado errada debido a que desestimula el alquiler de viviendas, opción que debería ser posible para las familias que no quieren o no pueden comprar una unidad habitacional, además dicha Ley ha eliminado completamente esa posibilidad debido a que su aplicación e implicaciones lleva a los propietarios no querer arrendar.

Esta aseveración forma parte de las conclusiones a las que se llegó en la Mesa de Análisis “Leyes de arrendamiento inmobiliario claves para entender los contratos de alquiler ¿Regulaciones y cánones? ¿Beneficios y costos?”, actividad organizada por el Observatorio Económico-Legislativo de Cedice Libertad.

En ese sentido, Irma Lovera de Sola, abogada, especializada en derecho inmobiliario, aseguró que el mencionado instrumento legal interviene en todos los aspectos del contrato de arrendamiento; tanto en la duración como en el precio, “prácticamente los plazos que se pongan por escrito en los contratos no rigen porque una vez vencidos, el propietario se ve obligado a seguir un extenso procedimiento para poder ejecutar la desocupación, y también interviene en el canon de los alquileres el cual es fijado por Sunavi bajo unos parámetros que resultan irreales, dado que no toman en consideración, por ejemplo, el valor del terreno, siendo las cantidades referenciales por metro cuadrados ínfimas”, reseñó una nota de prensa de Cedice.

La especialista resaltó que en seis meses no se puede desocupar a un inquilino, contradiciendo así las declaraciones emitidas por la anterior presidenta de la Sunavi, Ana Marina Rodríguez. Explicó que solamente para instaurar el procedimiento administrativo previo al judicial se tarda ese lapso, “y cuando se termina el procedimiento judicial se tiene que volver a manos de la Superintendencia para buscarle un refugio a los inquilinos”.

Lovera precisó que en la Sunavi hay más de 25 mil solicitudes de refugios para los arrendatarios. Resaltó que con el déficit habitacional que hay en Venezuela (más de 2 millones de viviendas), los últimos de la lista para que les asignen un refugio son los inquilinos. Agregó que los propietarios, aunque tengan una sentencia donde les acuerda el desalojo, no pueden ejecutarla, así que optan por cerrar los inmuebles y no alquilarlos.
Por su parte, el sociólogo Alberto Lovera, también ponente en la Mesa de Análisis, y coautor junta a Irma Lovera de Sola del libro “Los últimos inquilinos”, resaltó que desde hace muchos años en Venezuela viene disminuyendo el porcentaje de familias que viven en inmuebles en alquiler, debido principalmente a factores como, “ el tipo de legislación que se ha implantado en el país que favorece a muchos inquilinos desestimulando la oferta de vivienda en alquiler, porque crea unas condiciones claramente desventajosas para los propietarios cuando lo que debería ser es una relación equilibrada y equitativa entre propietarios e inquilinos”.

A su juicio, “cuando las leyes pretenden pasar por encima de la realidad, la realidad se impone, y es lo que pasa en los sectores populares donde se pone en evidencia todas las virtudes que tiene la vivienda en alquiler como mecanismo de protección antiinflacionario, sobre todo en el caso del sub-arriendo, para aportar ingresos adicionales a la familia, como la posibilidad de ocupar una vivienda en algún lugar del territorio donde no se va a estar permanentemente por razones de trabajo. Eso ha hecho que el mercado de arriendo y sobre todo de sub-arriendo en los barrios populares sea de una potencia gigantesca”, sin embargo hoy también está conflictuado como resultado de la Ley de Control y Regularización de Viviendas.

Finalizó señalando que la caída “brutal” de la oferta de viviendas en alquiler está afectando al país, al nivel que ya el Ministro de Vivienda y Hábitat, ha declarado la necesidad de revisar la ley de Regularización y Control de Arrendamiento de Vivienda.

Comercios beneficiados

Durante la Mesa de Análisis también se abordó la Ley de Regularización y Control de Arrendamientos de Inmuebles de uso Comercial, publicada en Gaceta Oficial el 23 de mayo de este año, al respecto los especialistas coincidieron en que estimula la existencia de más locales comerciales dentro de los centros comerciales, debido a que los cánones pareciera que se van a fijar sobre parámetros más realistas, más cercanos a los precios del mercado y en acuerdo entre propietarios e inquilinos, señaló Lovera.

“Tanto los propietarios como los arrendatarios deben negociar los términos de sus contratos. Los plazos serán siempre superiores a un año salvo las ventas por temporada y los montos de los alquileres deben ser acordados entre ellos entonces están en una enorme ventaja”, expresó. “Algunos lugares de viviendas van a terminar convirtiéndose en locales comerciales y eso es una lástima porque la gran demanda es de viviendas”, recordó.

Descifrado
12-06-2014
Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Administrador del Grupo Yahoo corredor_inmobiliario
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
twitter: @Henry_Medina
hmedina30@yahoo.es



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