lunes, 26 de mayo de 2014

Prohíben cánones de arrendamiento en moneda extranjera

Ley de Alquileres comerciales permite a la Sundee intervenir

El Decreto-Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliario para el Uso Comercial, publicado en la Gaceta Oficial 40.418, otorga facultades a la Superintendencia Nacional de Defensa de Derechos Socio Económicos (Sundde) a "modificar mediante providencia administrativa los porcentajes de rentabilidad anual, cuando así lo determinen razones de interés público o social".

Asimismo esa instancia oficial podrá actuar en "caso de dudas de cálculo" o de desacuerdo entre las partes, según el texto legal.

La medida oficial define y regula tres tipos de cánones (fijo, variable y mixto) de conformidad con el valor actualizado del inmueble. Y prevé para aquellos propietarios, administradores, arrendadores o arrendatarios que incumplan con la norma, la aplicación de multas entre 500 a 2.500 Unidades Tributarias.

El Decreto-Ley, promulgado por la presidencia de la República, prohíbe entre otros aspectos, "el cobro por exhibir o mostrar inmuebles en oferta para el arrendamiento; el subarrendamiento, salvo en los casos previamente acordado con el propietario y/o arrendador ; establecer cánones de arrendamiento en moneda extranjera y el ajuste del cobro del alquiler durante la vigencia del contrato".

Asimismo se prohíbe el cobro de multas por parte del arrendador por la no apertura del local comercial, por incumplimiento en el horario de apertura y cierre, y por incumplimiento en arreglo de fachadas y vitrinas.

El Universal
25-05-2014
Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Administrador del Grupo Yahoo corredor_inmobiliario
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
twitter: @Henry_Medina
hmedina30@yahoo.es



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