viernes, 11 de noviembre de 2011

Fijan 60 días para oferta de edificios en alquiler

La Asamblea Nacional sancionó la reforma de la Ley de Arrendamientos

El Gobierno determinará los cánones de arrendamiento y además evaluará los contratos ARCHIVO
MAYELA ARMAS H. | EL UNIVERSAL

La Asamblea Nacional ayer sancionó la reforma de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, cuya promulgación se efectuará el próximo sábado.

Este texto permite al Gobierno incrementar los controles en el mercado inmobiliario, pues la Superintendencia de Arrendamientos (que sustituye a la Dirección de Inquilinato) se encargará de revisar los contratos, calcular la renta a cobrar por los propietarios y además mediará en la venta de los inmuebles destinados al alquiler.

En las disposiciones transitorias del marco legal se indica que la oferta de esas edificaciones orientadas al arrendamiento tiene que realizarse en un plazo de 60 días, luego de que la Ley entre en vigencia.

El instrumento sancionado señala que "por ser contrario al interés general de esta Ley, el monopolio sobre la vivienda en alquiler, por considerarse el arrendamiento de interés social, colectivo y con fines de utilidad pública, los arrendatarios que ocupen viviendas constituidas sobre edificios que tengan 20 años o más dedicados al arrendamiento, tendrán el derecho a adquirirla, exceptuando del cumplimiento de la presente disposición a los pequeños arrendadores. A tal efecto el propietario procederá a realizar la preferencia ofertiva en un lapso no mayor de 60 días a partir de la entrada en vigencia de la presente ley".

Los procedimientos para la venta estarán detallados en el reglamento que se aprobará en los próximos días.

El pasado mes de mayo, las organizaciones que agrupan a los inquilinos junto con la Vicepresidencia ya habían iniciado un proceso similar de compra de edificios en alquiler. En aquel momento fueron citados 100 propietarios de inmuebles en el Área Metropolitana de Caracas con el fin de que los vendieran, pero al final se presentaron 70 dueños.

Voceros de las redes de inquilinos señalaron que actualmente se están evaluando las documentos entregados y apuntaron que para los precios de venta se tomarán en cuenta los parámetros de la nueva Ley para la Regulación y Control de los Arrendamientos de Vivienda.

Para la promulgación del marco legal se contempla que las autoridades darán precisiones sobre esas ofertas de los edificios en alquiler.

En la venta de los inmuebles, los propietarios tendrán que dar descuentos a los precios, que estarán sujetos a los años de relación arrendaticia. Las rebajas oscilarán entre 10 y 25% y aquellos que no otorguen las rebajas en los valores finales de las soluciones habitacionales serán multados.

Parámetros

Durante la segunda discusión del instrumento se realizarán ajustes al proyecto inicial y uno de los aspectos que tuvo cambios fue la estimación del canon de arrendamiento.

El cálculo de la renta incluirá cinco aspectos: valor de reposición del bien, dimensiones del inmueble, valor de depreciación, vulnerabilidad sísmica y región geográfica.

En el reglamento de la ley se incluirán más detalles para la fijación del canon como las tablas para la depreciación del bien y las zonas.

La nueva ley de alquileres establece que los propietarios por el alquiler de las viviendas podrán tener una rentabilidad anual entre 3 y 5%, que será ajustada por el Ejecutivo.

Los contratos serán revisados cada año, y el canon también se ajustará en ese lapso.

La Ley además ordena a las constructoras a destinar al alquiler un porcentaje de la viviendas que están en los nuevos desarrollo habitacionales. Ese porcentaje lo determinará el Ministerio de la Vivienda.

Las constructoras para iniciar los proyectos deben hacer notificaciones al despacho y sin la carta aval del ministerio la obra no podrá comenzar.

El Universal
11-11-2011

Recopilado por:
Lic. Henry Medina
Asesor Inmobiliario, de Seguros e Inversiones
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