miércoles, 19 de noviembre de 2014

Trabas para recuperar el inmueble reduce la oferta en alquiler

Una de las críticas que se hace a la Misión Vivienda es que nunca ha hecho públicos los estudios de impacto ambiental

“Para lograr un repunte en la inversión en la construcción de viviendas para alquilar se requieren modificaciones de la ley de arrendamiento” explica Ricardo Molina, ministro de Vivienda y Hábitat | Foto: Manuel Sardá/Archivo El Nacional
Especialistas afirman que las nuevas leyes establecieron procesos burocráticos y bajaron el canon a precios irreales 

DULCE MARÍA RODRÍGUEZ

A Fabiana Feliccione vivir en un inmueble de 100 metros cuadrados en El Rosal le representa un gasto de 300.000 bolívares al mes. Puede pagar ese monto porque es una profesional expatriada que trabaja para una empresa multinacional. Mientras que a José Alvarado y su familia habitar en un apartamento de 71 metros cuadrados en la urbanización El Márquez le cuesta 50.000 bolívares mensuales, es decir 10 salarios mínimos

El alquiler de una vivienda que antes era la primera opción para quienes deseaban independizarse de la familia o formar un hogar, ahora resulta una decisión muy onerosa para la mayoría de la población.

El presidente de la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos, Roberto Orta, y la vicepresidente de la Cámara Inmobiliaria Metropolitana, Rosalinda Bruzual, coinciden en que a partir de la promulgación de leyes contra el desalojo y para la regulación del arrendamientos de viviendas en 2011, se impusieron procesos burocráticos los cuales ocasionaron que la oferta de alquileres se contrajera 58% y las unidades disponibles incrementaron su precio de manera exponencial.

En el tercer trimestre de este año se publicaron 3.158 avisos clasificados de inmuebles, de los cuáles solo 20% fue de oferta en alquiler, dijo Bruzual

1- Desalojo. El presidente de Apiur señaló que la contracción del mercado se inició con la promulgación de la Ley Contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas, en mayo 2011. Legislación que paralizó 45.000 procesos judiciales preexistentes que se llevaban a cabo en todo el país, y los remitió a la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda.

Agregó que en el caso de que se hubiese dictado una medida de desalojo con arreglo al decreto-ley, la decisión no podía ejecutarse hasta que se le garantizara una vivienda al afectado, artículos 13 y 18. “El decreto-ley estableció que se le bebe garantizar la obtención de una vivienda al afectado por la medida. Esto imposibilita la ejecución de las sentencias de desalojo porque la Sunavi no cuenta con refugios o viviendas dignas disponibles para el inquilino y su familia”, reiteró. Recordó que desde el surgimiento de la norma la Sunavi solo ha entregado dos refugios.

2- Congelamiento del canon. Entre 2003 y 2011 estuvieron congelados los cánones de alquiler. En octubre 2011 el gobierno, mediante una resolución publicada en Gaceta Oficial, prorrogó por 6 meses el congelamiento de los alquileres. La normativa, dictada por los ministerios de Vivienda y Hábitat y de Comercio, indica que se debía mantener los montos de las cuotas de arrendamiento de viviendas vigentes para el 15 de octubre de 2011, “en virtud de que el alquiler de un techo es considerado servicio de primera necesidad”, dice el documento. Desde 2012 el Ministerio de Vivienda no actualiza el valor del metro cuadrado. Es una congelación no decretada, dijo Bruzual.

3- Avalúo. En noviembre de 2011 se promulgó la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda y se fijó un método de avalúo que a juicio de Orta es “absurdo porque no toma en cuenta el valor del terreno ni la ubicación”. Además, tiene unos parámetros de depreciación muy rígidos en los que una propiedad de 100 años vale prácticamente cero. Da como resultado unos alquileres ínfimos que no cubren el condominio o el derecho de frente.

4- Centralización. Otro impedimento para fomentar el alquiler de viviendas es la centralización de las funciones de la Sunavi. Orta afirmó que la Superintendencia no tiene capacidad operativa. Añadió que carece de personal, infraestructura y presupuesto para atender los casos y dar respuestas expeditas. Tienen solo  una sede en cada estado, lo que retrasa los procesos. Exhorta al gobierno a devolverles la facultad de regular en materia arrendaticia a las oficinas municipales de inquilinato de 335 alcaldías, que tienen más capacidad. “Se debe dejar el tema de la resolución de conflictos a los tribunales. Son 20 oficinas de la Sunavi contra 500 tribunales a nivel a nacional”, señaló.

5-Requisitos onerosos. Bruzual indicó que los requisitos para realizar cualquier trámite ante la Sunavi resultan muy onerosos. “Solicitan copias certificadas de todo y piden documentos que reposan en los archivos públicos”.  Recabar los documentos necesarios para una gestión común, como la regulación del canon, demanda una inversión de entre 4.000 y 6.000 bolívares, sin sumar los honorarios profesionales del asesor legal.

El Nacional
16-11-2014
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Apiur ofrece balance del sector inmobiliario actual (Audio)

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Sheina Chang y Gustavo Gómez Morón

Union Radio
17-11-2014
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400 personas piden que las incluyan en Misión Vivienda

Señalan que la Circunvalación pasa por terrenos usados en estafa

El fraude ocurrió entre 1995 y 2011

Claudio Vargas/Notiprem.- Los Teques. Cuatrocientas personas que fueron estafadas con un supuesto desarrollo inmobiliario solicitan que los incluyan en la Misión Vivienda. Señalan los afectados que los terrenos donde iban a construir sus casas están en el trazado de la avenida Circunvalación, que adelanta el Ministerio de Transporte Terrestre.

Indicaron que esos terrenos fueron utilizados para una estafa inmobiliaria, en 1995, que afectó a 400 familias.

Señalaron los afectados que el autor del fraude fue José Rafael Carrasco, con la venta de viviendas de la urbanización Valles de Montañalta; lo arrestaron en 2011 y condenaron a cuatro años de prisión en 2013.

Sin embargo, sus víctimas siguen a la espera de recibir algún tipo de indemnización.

El monto del desfalco asciende a Bs 8 millones.

Los engañados le refirieron a ÚN que, hace tres años, el entonces alcalde de Guaicaipuro, Alirio Mendoza, se comprometió a atender la situación, pero todo quedó en promesas.

“Visitó los terrenos en varias ocasiones, pero cuando dejó el poder todo se echó para atrás”, dijo Alex Orozco, uno de los afectados.

Melisa Galíndez, apuntó que, en abril pasado, el alcalde Francisco Garcés aseguró que los ayudaría.

“Cuando fuimos a hablar con el alcalde otra vez, no quiso atendernos más; luego empezaron los trabajos de la circunvalación”, añadió Orozco.

Eleazar Sánchez, otro de los defraudados, acotó “no vale la pena que nos devuelvan el dinero, porque está devaluado. Queremos un techo digno”.

El alcalde de Guaicaipuro, Francisco Garcés, afirmó que no ha recibido una petición formal sobre este caso.

“Si llegáramos a recibir la solicitud, haríamos los trámites necesarios para que el Min-Vivienda y Hábitat tome los correctivos”, señaló.

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17-11-2014
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Multarán por venta de bienes regulados

Se pueden sancionar a los dueños de los portales

Las personas que desean vender un bien a través de medios electrónicos deberán registrase en la Sundde 

NICOLLE YAPUR

La comercialización de productos regulados, medicamentos, artículos subsidiados por el Estado, viviendas de interés social y otros incumplimientos de las obligaciones establecidas en la Ley de Comercio Electrónico, podrán ser sancionados hasta con 1.000 unidades tributarias (127.000 bolívares). La reincidencia será penada con multas de hasta 2.000 unidades tributarias (254.000) y la inhabilitación de realizar comercio electrónico.

El proyecto fue aprobado en primera discusión por la Asamblea Nacional y será sometido a consulta pública. Richard Ujueta, presidente de la Cámara Venezolana de Comercio Electrónico, explicó que tanto las personas oferentes como las páginas web y sus anunciantes pueden ser multados.

“Quieren sancionar a los dueños de los portales con algo que se llama la corresponsabilidad. Es igual al que tiene un edificio en alquiler, el dueño no puede ser responsable por lo que el arrendador haga en su oficina”, ejemplificó.

También indica que las personas no comerciantes que desean vender un bien de uso personal a través de medios electrónicos deberán registrase en la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos y solicitar Certificado Electrónico provisto por un proveedor de servicios de certificación electrónica acreditado por la Superintendencia de Servicios de Certificación Electrónica.

Ujueta señaló que este artículo coartaría el comercio electrónico. Agregó que el certificado debe ser comprado por el vendedor y pudiera ser más costoso que el producto ofrecido. “Si eso no se modifica el comercio exterior se convertiría solo en una vitrina de exhibición”, dijo.

Datos de la cámara muestran que mensualmente se realizan 3,4 millones de transacciones a través de Internet por un monto promedio de 3,5 millardos de bolívares, lo cual no es mucho si se compara con la totalidad de las transacciones comerciales.

El Nacional
06-11-2014
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