martes, 8 de enero de 2013

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Importante: Aviso a Propietarios; Retiro de alquileres consignados en tribunales

Importante: Aviso a Propietarios; Retiro de alquileres consignados en tribunales

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Hasta Bs 8.200 cuesta el metro cuadrado en la Misión Vivienda


Las casas del plan oficial son 17% más costosas que las privadas

Publicación del Ministerio de la Vivienda señala que en el estado Miranda están las unidades más caras

MAYELA ARMAS H.

El Gobierno está promocionando los complejos habitacionales que se hacen en el marco de la Gran Misión Vivienda e informa que el valor máximo de las soluciones es de 586.000 bolívares, siendo la zona más costosa el estado Miranda.

La publicación que tiene la Inmobiliaria Nacional (ente adscrito al Ministerio de la Vivienda) sobre los desarrollos de vivienda del plan oficial revela que, ante el costo que tienen los apartamentos, los precios del metro cuadrado de las casas oscilan entre 7.000 y 8.200 bolívares. Esa escala de valores es similar a la elaborada por el despacho para la fijación de los cánones de alquiler.

El tabulador que se diseñó para el cálculo de los arrendamientos contempla que el costo máximo del metro cuadrado de las unidades alquiladas es de 8.430 bolívares.

Durante la definición de esa escala, el ministro de la Vivienda, Ricardo Molina, llegó a señalar que "el criterio que se maneja para la valoración de los inmuebles es socialista, pues la vivienda no es una mercancía sino un elemento primordial para la satisfacción de un derecho humano".

Valores por zona

La publicación de la Inmobiliaria Nacional muestra que los precios más altos de las viviendas se registran en el estado Miranda y los más bajos están en el estado Zulia.

En los complejos habitacionales de Miranda, las viviendas tienen costos que van desde 564.000 bolívares hasta 585.000 bolívares. En Zulia los precios de las casas están entre 300.000 y 390.000 bolívares.

Las viviendas que se efectúan en Barinas tienen un valor de 505.000 bolívares, de manera que en esa entidad son más caras que en otros estados, pues en Aragua los apartamentos cuestan 496.000 bolívares.

La información del despacho de la Vivienda detalla que en el Distrito Capital, específicamente en Ciudad Tiuna, los precios de las unidades habitacionales son mínimo de 345.000 bolívares y máximo de 556.000 bolívares. Allí se hacen las casas previstas en los convenios con China, Rusia y Belarús.

En los desarrollos que están en ejecución las dimensiones de los apartamentos están entre 41 y 82 metros cuadrados.

Más elevado

Aunque las autoridades aseguran que los precios de las viviendas se rigen por criterios socialistas y que en las unidades que se hacen en la Misión Vivienda la tierra tiene valor cero, las casas del sector público son 17% más caras que las unidades que se financian por la vía de la gaveta hipotecaria.

El decreto de la cartera hipotecaria obligatoria indica que las constructoras que reciban créditos por este esquema tienen que ofertar las viviendas a precios entre 300.000 y 500.000 bolívares. Para garantizar ese valor, el Ministerio de la Vivienda tiene que realizar una revisión previa de los desarrollos habitacionales.

Las normas señalan que una instancia del despacho tiene que calificar los proyectos habitacionales y, sin ese aval, las instituciones financieras no pueden otorgar los créditos.

marmas@eluniversal.com

FINANCIAMIENTO
EL UNIVERSAL
sábado 22 de diciembre de 2012  12:00 AM
• Según la información del Ministerio de la Vivienda, los apartamentos que se adquieran a través de la Misión se pueden gestionar sin inicial.

• De acuerdo a las normas del despacho, tanto por la Ley de Vivienda como por la gaveta hipotecaria, las instituciones financieras pueden otorgar créditos equivalentes al 100% del valor del inmueble.

• Los préstamos se tienen que tramitar a través de las entidades estatales.

El universal
22-12-2012

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El Estado amplió el control en el mercado inmobiliario

El Ejecutivo, además de las regulaciones, controla los insumos

El Gobierno fija las rentas, negocia venta de casas alquiladas y revisa obras privadas.

En 2012 arrancó la aplicación de la Ley de Arrendamientos de Vivienda y la Ley contra la Estafa Inmobiliaria que permiten al Estado tener un mayor control en el mercado de alquileres así como en la construcción de viviendas nuevas.

En manos del Gobierno está la fijación de los cánones de arrendamiento y del precio de venta de las casas alquiladas, además de la revisión de los proyectos del sector privado. A lo que se añade el dominio en la producción y distribución de los insumos del sector.

Los alquileres

A fines de 2011 entró en vigencia la Ley de Alquileres, pero fue en noviembre de este año cuando comenzó a regir el marco legal, luego de que el Ministerio de la Vivienda publicara las normas complementarias.

Ahora el Gobierno ya puede revisar los contratos y fijar los cánones de arrendamientos. Para el cálculo se toman en cuenta cinco aspectos: el precio del metro cuadrado, las dimensiones del inmueble, la vulnerabilidad sísmica, la depreciación y la región geográfica.

Para el Ejecutivo Nacional el precio del metro cuadrado más alto de las viviendas alquiladas es 8.430 bolívares, parámetro similar al establecido a las casas de la Gran Misión Vivienda.

Ese valor no sólo se utilizará para estimar la renta que deben pagar los inquilinos, sino también para el proceso de venta de las unidades arrendadas.

De acuerdo al instrumento jurídico, el costo del metro cuadrado será la referencia para la negociación que tienen que realizar los propietarios con los inquilinos que habitan en los inmuebles que tienen más de 20 años destinados al alquiler. Dicho procedimiento es gestionado por la Superintendencia Nacional de Arrendamientos.

Los representantes del sector inmobiliario han señalado que con las regulaciones previas, el mercado de alquileres se había reducido y con la nueva Ley las operaciones han bajado más.

El pasado mes de noviembre la Cámara Metropolitana Inmobiliaria presentó un estudio en el que notificó que desde el 2002 hasta el primer semestre de este 2012 la oferta de inmuebles en alquiler en la Gran Caracas se redujo en 73%.

Construcción

Las restricciones también se han extendido a la construcción de las viviendas nuevas.

En abril de este año entró en vigencia la Ley contra la Estafa Inmobiliaria que obliga a las empresas a cumplir con más requisitos para el arranque de los desarrollos habitacionales.

Las constructoras al iniciar las obras, más allá de los permisos municipales y ambientales, tienen que pasar previamente por el Ministerio de la Vivienda, que se encargará de calificar las unidades. Sin el aval del despacho, las empresas no pueden solicitar los créditos de la gaveta hipotecaria.

Adicionalmente, las constructoras tienen que terminar las viviendas en un plazo de 24 meses y si hay retrasos tienen que indemnizar a los compradores por cada día de retardo. A la par, las empresas deben constituir una fianza.

Si las constructoras deciden ir por la vía de la cartera hipotecaria, las unidades las tienen que ofertar a un precio máximo de 500.000 bolívares.

Representantes del sector construcción apuntan que son pocas las empresas que están presentando obras nuevas por los requisitos fijados, y por esa situación, la banca ya enfrenta problemas para cumplir con la gaveta para proyectos.

MAYELA ARMAS H.



El Universal
27-12-2012


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Temor a devaluación dispara precios de inmuebles usados


El mercado inmobiliario espera decisiones del Gobierno (Créditos: Archivo El Mundo)
Venezuela ⁄  Ingrid Rojas R..- Inestabilidad económica e incertidumbre política genera temor. Invertir en bienes raíces sigue siendo una vía para proteger el patrimonio familiar.

A pesar de que recientemente el Gabinete Económico "congeló" una posible devaluación, el mercado sigue temeroso ante tal posibilidad, y una muestra de ello es el comportamiento turbulento que se observa en el sector de inmuebles usados en los últimos días.

El panorama se compone de precios que aumentan muy por encima de 100.000 bolívares o un mínimo de 11% en cuestión de días, exigencias de pago de contado y sin posibilidad de un crédito hipotecario, decisiones que se congelan hasta enero próximo, "a ver qué pasa", y negociaciones que se dan, a pesar de la especulación que registra el mercado.

Pablo González, expresidente de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela y representante de una franquicia internacional de bienes raíces, explica que existe mucha incertidumbre en el mercado y ello despierta temor en los propietarios.
"La gente no quiere perder dinero y aprovecha que hay plata en la calle para salir a ofrecer sus propiedades", expresó.


El Mundo Economía & Negocios
25-12-2012


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Propietarios tienen 60 días para retirar alquileres en los tribunales

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) informó que los propietarios de inmuebles tienen un plazo de 60 días para retirar los alquileres que fueron depositados en los tribunales.

En un oficio con fecha del 10 de diciembre la Sala indica que "se exhorta a los arrendadores que se encuentran en proceso de consignación de pago de cánones de arrendamiento en los tribunales de la circunscripción judicial del Área Metropolitana de Caracas, que la organización administrativa y contable de los tribunales ya concluyó y se les hace saber que pueden retirar en los juzgados el dinero que les corresponda en 60 días".

Si los propietarios no acuden en ese período, que termina el 10 de febrero, las consignaciones pasarán al Fondo de Protección del Inquilino y el Pequeño Arrendador, que administra la Superintendencia Nacional de Arrendamientos (Sunavi).

El pasado mes de abril los tribunales que reciben los rentas fueron cerrados por decisión de la Superintendencia, en vista de que la Ley de Arrendamientos ordena al organismo a revisar los contratos de alquiler.

Durante cinco meses los dueños de inmuebles estuvieron en un limbo, pues fue el pasado 17 de noviembre cuando el TSJ informó que se estaba realizando una revisión a la organización de los tribunales para permitir el retiro de los depósitos.

Por ahora la medida abarca a la Gran Caracas, no hay precisiones sobre los retiros en el interior del país. MAH



El Universal
23-12-2012


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10 claves para conocer la Ley de Arrendamiento


ÚN.- La Ley de Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas, conocida como Ley de Arrendamientos o Ley de Alquileres fue promulgada este sábado por el Ejecutivo nacional y publicada en Gaceta Oficial. Acá, diez puntos fáciles para conocerla y entender sus alcances.

1. ¿Qué es la Ley de Alquileres?

La Ley de Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas, conocida como Ley de Arrendamientos o Ley de Alquileres, es el nuevo instrumento jurídico que regula los contratos entre propietario e inquilino, las rentas a cobrar, los procesos de desalojo de los inquilinos y las ventas de las viviendas que tienen más de 20 años alquiladas.

2. ¿Qué dice la nueva ley sobre los contratos?

La nueva redacción de los contratos, según lo dispuesto por la nueva ley, notificará los acuerdos entre las partes e incluirá un anexo en el que estará la resolución emitida por la Superintendencia de Nacional de Arrendamientos con la fijación del canon de arrendamiento (es decir, el precio del alquiler), que deberá ser solicitado previamente para ser anexado en el contrato final

Del contrato se tienen que hacer tres ejemplares: uno para el propietario, otro para el inquilino y otro para la Superintendencia, que será el organismo encargado de calcular el costo y revisar el contrato, así como incluir el contrato en el registro correspondiente.

3. ¿Y cómo se calcula ahora el precio?

El precio del alquiler, llamado cánon de arrendamiento, se calculará con una fórmula que aplicará la Superintendencia Nacional de Vivienda, que tomará en cuenta los siguientes puntos: valor de reposición del bien, dimensiones del inmueble, valor de depreciación, vulnerabilidad sísmica y región geográfica. Asimismo, la rentabilidad para el propietario (establecida entre un 3 y 5%), la cual podrá ser modificada por razones de interés social.

En el caso de estar cercano el vencimiento del contrato, la Superintendencia evaluará ha ejecutado mejoras en el inmueble y si los costos de ello excedan el 20% del valor de la vivienda, para fijar un nuevo precio del alquiler.

El precio del alquiler, luego de solicitarse el cálculo por la Superintendencia, será notificado a los 20 días.

4. ¿Y cuánto durarán los contratos?

Los contratos deberán tener duración mínima de un año, siendo renovado por preferencia del inquilino. El cierre del contrato y su renovación deben ser notificados ante la Superintendencia.

5. Cuándo el contrato se acabe ¿Qué pasa?, ¿Quien tiene derecho a ocupar el inmueble?

Éstos derechos se denominan "preferencias arrendaticias". Éstas determinan que el inquilino tendrá derecho preferente a seguir ocupando el inmueble, si el propietario decide seguir arrendando la vivienda, o puede recomendar a un tercero, siempre que esté solvente en sus pagos. En caso de que el inquilino no quiera ocupar seguir ocupando la vivienda, deberá notificárselo al propietario 30 días antes del vencimiento del contrato.

6. ¿Qué justifica un desalojo?

La ley permitirá la desocupación (causales de desalojo) cuando el inquilino, sin causa justificada, haya dejado de pagar cuatro cánones de arrendamiento. Asimismo, cuando el inquilino haya hecho un uso deshonesto del inmueble o haya producido daños mayores a los del uso normal del inmueble o incumpla las normas de convivencia ciudadana.

Cabe destacar que, en el caso de la morosidad, si el inquilino presenta una causa justificada, el propietario no podrá pedir el desalojo.

Otra causal es que el propietario presente una causa justificada para ocupar el inmueble con algún pariente de segundo grado.

Todos estos procesos deben ser notificados a la Superintendencia. En la Ley de Arrendamiento se especifican los procesos para las demandas así como los pasos para las audiencias de mediación y los juicios, así como las sanciones.

7. ¿Qué dispone la ley si el propietario le pide al inquilino que desaloje la vivienda porque la va a vender y no la vende o se la alquila a otro?.

En ese caso, el propietario estaría incurriendo en un engaño de la preferencia arrendaticia contra el inquilino. La ley en ese caso estable el pago del propietario al inquilino de 100 Unidades Tributarias (7.600 bolívares) por cada mes que haya permanecido de forma indebida fuera de la vivienda.

8. ¿Cuáles son las sanciones por incumplimiento de la Ley?

La ley prevé multas entre 50 y 400 Unidades Tributarias (3.800 bolívares y 30.400 bolívares) y se aplicarán si no se garantiza el uso pacífico de las casas, si se realizan desalojos bajo otras causales no previstas en la ley o si las condiciones de las viviendas no son las más adecuadas. Asimismo si los dueños incumplen con las preferencias arrendaticias, no redactan los contratos de alquiler según los términos de la ley, si realizan cobros en moneda extranjera o no efectúan reintegros por los cobros en exceso.

9. Si un caso va a juicio, y gana el propietario. ¿Qué pasará con el inquilino?

Los inquilinos desocuparán las viviendas cuando la Superintendencia o el Ministerio de Vivienda les haya conseguido un refugio temporal o un destino habitacional definitivo.

10. Y para las personas que tienen más de 20 años alquiladas. ¿Qué dice la ley?

Para las personas que tienen más de 20 años alquiladas, la ley establece que ellos tendrán el derecho a ser titulares de la vivienda. Será la Superintendencia la que determine los precios de venta.

El Mundo
07-01-2012

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