martes, 18 de noviembre de 2014

Cobertura de Asistencia en Viajes en el exterior. - Poliza Accidentes-Seguros MAPFRE

Cobertura de Asistencia en Viajes en el exterior. - Poliza Accidentes-Seguros MAPFRE

Poliza Dorada de Accidentes Personales. Cobertura de Asistencia en Viajes en el exterior. Seguros MAPFRE La Seguridad

Gastos Médicos cubiertos a consecuencia de enfermedades o accidentes, originados fuera del Territorio Nacional Gastos de convalecencia, incluyendo gastos de traslado y estadía para un acompañante  (USD 50.000) - Mediante la Poliza de Accidentes Personales, con la Cobertura de Asistencia en Viajes en el exterior-Seguros MAPFRE. Pagados directamente por el seguro al hospital o clinica referida.

* Porque la vida esta llena de imprevistos

* Porque nunca se sabe lo que puede pasar

La Poliza Dorada de Accidentes Personales de MAPFRE Venezuela te ofrece una
variedad de coberturas que se adaptan a tus necesidades de proteccion.

COBERTURA BASICA
* Muerte accidental (seguro de vida por el monto contratado)
* Invalidez permanente (Paga el equivalente del seguro de vida)

COBERTURAS OPCIONALES
* Cobertura progresiva por invalidez permanante
* Incapacidad temporal (paga el ingreso diario que hayas declarado)
* Gastos medicos
* Gastos de entierro
* Beneficio ampliado
* Fallecimiento conjunto
* RENTA DE AMPARO FAMILIAR (Garantiza ingresos mensuales si
reposas debido a un accidente)
* Servicio oftalmologico de emergencia (gratuito)

Además, cuentas con la Cobertura de Asistencia en Viajes, que te garantiza, más de 20 servicios especiales: 
*Asesoría médica a tu disposición las 24 horas del día. 
*Gastos Médicos  cubiertos a consecuencia de enfermedades o accidentes, originados fuera del Territorio Nacional (pagados directamente al hospital o clinica, hasta $ 50.000). Gastos de convalecencia, incluyendo gastos de traslado y estadía para un acompañante. Gastos farmaceuticos. Afecciones dentales. Gastos cuidados menores.
*Cuidado de menores en caso que no puedas hacerlo.
*Asesoramiento para tramitar documentos personales en caso de pérdida o robo.
*Asistencia Legal y Anticipo de Fianza.
*Búsqueda, localización y envío de equipaje, además de adelanto de fondos e indemnización en caso de su pérdida definitiva.

Al adquirir la Cobertura de Gastos Médicos, podrás contar con el Servicio Integral de Emergencia las 24 horas, con tan sólo llamar a los teléfonos: 0800 SEGUROS (7348767) / 08000 MAPFRE (627373) podrás obtener información sobre esta póliza, solicitar los servicios de Asistencia en Viajes, así como el servicio de Ambulancia, en caso de presentarse una emergencia.

En esta poliza se entregaria un capital asegurado en caso de muerte por accidente (que le corresponderia a los beneficiarios segun dispongan) o en caso de invalidez permanente por accidente (segun informe medico) que le corresponderia al asegurado.

Ademas, si es INVALIDEZ PERMANENTE, por accidente, le corresponderia una RENTA DE AMPARO FAMILIAR de por vida de maximo Bs 15.000,00 mensual.

Si sufre INCAPACIDAD TEMPORAL, le corresponderian maximo Bs 1.075 diarios, mientras el asegurado este incapacitado.

La Pima anual es Financiable en 12 cuotas, descontadas automaticamente de la cuenta bancaria o TDC que se domicilie.

Ademas cuenta con la cobertura de Asistencia en Viajes que te garantiza
servicios especiales a nivel nacional e internacional (USD 50.000)

Para cualquier informacion adicional, contactame

Saludos Cordiales

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Juramentan nueva directiva de Construpatria

La directiva estará encabezada por el general Erling Rojas Castillo, quien tendrá la misión de duplicar las construcciones de Misión Vivienda en 2015

ÚN AVN.- El presidente de la República, Nicolás Maduro, juramentó este viernes a la nueva directiva de Construpatria, la cual está conformada por el general Erling Rojas Castillo, como presidente de la empresa; Ricardo Molina, ministro de Ecosocialismo, Vivienda y Hábitat, el general Manuel Quevedo, presidente de la Misión Barrio Nuevo, Barrio Tricolor; Saúl Ameliach, presidente de Petroquímica de Venezuela, S.A. (Pequiven); Florencio Carballo, ingeniero mecánico, y Fernando del Quintal Rodríguez, contador público.

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07-11-2014
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¿ SE ACABO EL PROBLEMA DE BUSCAR UN PUESTO PARA ESTACIONAR EL CARRO?




















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Misión Vivienda habría alcanzado solo 22,53% de su metal anual

Para la fecha, Misión Vivienda ha adjudicado 90.127 viviendas durante 2014, cantidad que representa 22,53% de la meta de 400 mil viviendas que prometió el Ejecutivo Nacional en enero. Estos resultados se ven reflejados en la página web oficial Venezuela Socialista en Cifras.

El presidente de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela, Aquiles Martini Pietri, resaltó que Misión Vivienda no logrará la meta planteada a principios de año y que corre el riesgo de construir menos viviendas que en 2013, cuando fueron entregadas 201.075 unidades habitacionales. Añadió Martini Pietri que el resultado de 2013 significó un incumplimiento de la meta oficial, porque en ese período de tiempo el Gobierno había prometido entregar 380 mil viviendas.

¿Cómo se obtiene el número de viviendas entregadas en 2014?

Venezuela Socialista en Cifras tiene un contador que suma las viviendas que ha construido Misión Vivienda desde 2011. Actualmente ese contador está en 638 mil. A esa cifra se le restan las metas oficiales alcanzadas, según el Gobierno, durante años anteriores (146.718 en 2011, 200.080 en 2012, 201.075 en 2013). La resta genera la cifra de viviendas entregadas en 2014: 90.127.

Fuente: Revisión de Venezuela Socialista en Cifras realizada el lunes 10 de noviembre de 2014.

Cámara Inmobiliaria de Venezuela
10-11-2014
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lunes, 17 de noviembre de 2014

Desalojos de inquilinos tendrán fecha en el calendario

El Tribunal Supremo de Justicia decidió que, transcurridos seis meses después de que un juzgado solicite al Min-Vivienda refugio para un inquilino, se podrá ordenar el inmediato desalojo, así el Gobierno no haya otorgado la solución habitacional temporal

Amanda no se va. Sigue viviendo en el apartamento que es propiedad de Ernesto, a pesar de que hace tres años un tribunal sentenció que debía desalojarlo. Ambos perdieron comunicación y ella incluso dejó de pagarle a él su mensualidad. Historias de arrendamiento indefinido como esta, ahora podrían tener desenlace.

Si Amanda (nombres ficticios basados en un testimonio real) no se ha ido, es porque a los funcionarios que llevan juicios de desalojo les corresponde remitir al Ministerio de Vivienda una solicitud para que este órgano provea refugio temporal o casa definitiva al afectado y su familia, siempre que comprueben no tener dónde habitar.

Así lo prevé el artículo 13 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas, publicado en Gaceta Oficial el 6 de mayo de 2011. Y remata el mismo artículo: “En todo caso, no se procederá a la ejecución forzosa (del desalojo) sin que se garantice el destino habitacional de la parte afectada”.

Los refugios son asignados por la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda. Que la Sunavi no le haya encontrado un nuevo domicilio a Amanda era su llave para seguir entrando al apartamento, pero por una reciente decisión del Tribunal Supremo de Justicia, Ernesto podría reconquistar su propiedad.

No al tiempo indefinido  

La Sala Constitucional del TSJ observó que, en efecto, el referido decreto-ley del año 2011 prohíbe la ejecución forzosa de desalojos a inquilinos residenciales, hasta tanto el Gobierno garantice el destino habitacional del afectado. Y observó también que esto se fija “sin establecer un lapso determinado para ello, lo cual ha originado que, en la práctica, se susciten casos donde las ejecuciones de los fallos se dilaten por este motivo”.

Se trata de una situación que, admiten los magistrados, contraría los postulados de una justicia expedita y sin dilaciones indebidas. Por eso en sentencia N° 1.213, fechada el 3 de octubre pasado, la Sala Constitucional entendió necesario fijar un plazo perentorio que, una vez vencido, habilitará al tribunal para ejecutar el desalojo.

Se dispone ahora de un lapso de cuatro meses para que la Sunavi emita un pronunciamiento, más una prórroga de dos meses. “Ha de ser ese el lapso racional y suficiente para que la ejecución de un fallo definitivamente firme, que ordene el desalojo, esté a la espera de que la autoridad administrativa (Sunavi) garantice el destino habitacional del arrendatario”, resolvió el TSJ.

Vencido este plazo sin que haya habido pronunciamiento de la Superintendencia, el juez quedará habilitado para ejecutar la sentencia de desalojo. Esto, advierte el fallo, “sin menoscabo de las facultades del administrado (el inquilino) para instar a la administración (la Sunavi) a que cumpla con el deber de solucionarle transitoriamente su problema habitacional”.

Una resolución ministerial del pasado 30 de septiembre refuerza este compromiso. Delega a la Superintendencia la atribución de proveer refugio temporal al arrendatario que tenga sentencia definitiva firme para desalojar la vivienda que habite. Lo mismo contemplaba ya el artículo 49 de la Ley para la Regularización y Control de Arrendamientos de Vivienda (2012).

Un error corregido

Lo que hizo la Sala Constitucional en octubre fue corregir un error grave del decreto-ley del año 2011, que era el hecho de no poder ejecutar una decisión luego de haber agotado el procedimiento, valoró Teresa Borges, asesora jurídica de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela, al analizar la sentencia del TSJ.

“Por lo menos ya se tiene una certeza de que, más allá de los tiempos y las suspensiones que ordena el decreto-ley, algún día se va a ejecutar el desalojo. Eso no estaba así previsto”, diferenció Borges. En un mercado caracterizado por la escasa oferta de alquileres a razón de la falta de amparo legal para los propietarios, ¿es este un avance positivo? “Sí”, respondió la abogada. ¿Soluciona esto el mercado de arrendamiento de viviendas? “No, para nada”.

Soluciona, sí, un problema para arrendatarios que, teniendo sentencias firmes de desalojo, no han podido recuperar su vivienda, dimensionó el abogado Roberto Orta, presidente de la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (Apiur). “Si había un juicio con decisión firme y a la espera de refugio, esto empezaría a aplicar a partir de la publicación de esta sentencia, porque esto cambia prácticamente el procedimiento en materia inquilinaria”.

Se buscan refugios

El tema del refugio ha sido la traba en esta historia, señaló Orta. “Lo que ha venido pasando es que, en la mayoría de los casos, la Sunavi no los ha proveído, dejando al propietario con una sentencia de desalojo prácticamente inejecutable”. Ni las oficinas regionales ni la sede central de la Superintendencia se dan abasto, agregó Borges. La Memoria y Cuenta 2013 de la Sunavi lo ratifica: al despacho de Caracas asisten semanalmente 4.000 personas y solo cuentan con cuatro inspectores de campo.

Para este reportaje se solicitó cuatro veces esta semana entrevistar a representantes estadales de Sunavi o del Min-Vivienda, en su sede de la Unidad Vecinal. No fue posible conocer cuántos refugios les han solicitado por vía judicial, ni cuántos tienen pendientes por asignar. Sobre el particular, la última Memoria y Cuenta de la Sunavi solo especifica que han habilitado la vía judicial a 12.500 casos a escala nacional.

En tanto, trabajadores de juzgados municipales coincidieron con Orta en que son mayoría los expedientes que esperan por refugio. “Aquí tenemos cuatro casos en espera de respuesta de la Sunavi desde 2013, han otorgado uno solo”, comentó un empleado que pidió el anonimato. “Sí dieron refugios en Borotá al principio, pero ya últimamente decían que no tenían disponibilidad”, relató otro.

Que corra el tiempo

Ahora el abogado de Ernesto consignó un documento ante el mismo juzgado que hace tres años dictó la sentencia de desalojo contra Amanda. En el escrito piden el inmediato cumplimiento de la medida, en vista del reciente fallo del TSJ.

Hasta ahora ningún juez en San Cristóbal ha decidido con base en la decisión de la Sala Constitucional, como se pudo comprobar en visitas a los cinco juzgados ordinarios y ejecutores de medidas del municipio. Para algunos resulta prematuro hablar de aplicación del fallo; otros alegan que aún no transcurren seis meses desde su publicación.

Los jueces, además de tener prohibición de declarar a la prensa, tampoco podrían hacerlo porque anticiparían criterio acerca de los expedientes que llevan. Sin embargo, a través de conversaciones informales con trabajadores medios fue posible constatar que en los cinco tribunales ya conocían la sentencia.

Unificarán criterios

En uno de los juzgados reciben un promedio de 18 a 20 casos de inquilinato al mes, lapso durante el cual se dictan tres o cuatro sentencias. Los litigios duran de tres a ocho meses, promediaron en otra instancia. En otro despacho estuvieron a punto de practicar un desalojo porque la inquilina sí tenía a dónde mudarse, pero no se practicó porque la mujer abandonó la vivienda antes de que llegaran los funcionarios. En otro de los tribunales aún dudan que la sentencia sea vinculante, es decir, de obligatorio cumplimiento.

Así no sea vinculante sí crea jurisprudencia, como se llama al criterio fijado acerca de un asunto. “Lo cierto es que los tribunales deben optar por obedecer la doctrina que va elaborando la Sala Constitucional o el TSJ en general, para evitar decisiones contradictorias”, argumentó Borges, la asesora de la Cámara Inmobiliaria.

Extraoficialmente trascendió que autoridades con competencia en vivienda se reunirán con los jueces municipales, a fin de establecer un criterio de aplicación uniforme de la sentencia. Aunque se desconoce la cantidad de juicios inquilinarios en la entidad, a escala nacional la cifra asciende a 45.000, según Apiur. Tampoco existe información actualizada sobre cuántos de estos tienen sentencia sin ejecución, como el de Amanda, quien ahora sí podría irse.

Cinco datos en progresión

1 por ciento

de las opciones o soluciones habitacionales en Venezuela son por la vía del alquiler. Hace 10 años los alquileres representaban 30% del mercado inmobiliario, según la cámara del sector.

2 de 60 decisiones

producidas en materia de desalojos han concluido con el traslado a refugios. En los otros 58 casos los inquilinos han encontrado a dónde mudarse, actualizó la Sunavi en marzo pasado.

3 años puede durar

el procedimiento de ley: hasta ocho meses el acto conciliatorio, y entre año y medio y dos años el juicio inquilinario, sin contar otro año en segunda instancia, contabiliza Apiur.

4 etapas o pasos

establece la Ley para la Regularización y Control de Arrendamientos de Vivienda: el acto conciliatorio, el juicio en un tribunal civil, la asignación de un refugio y la ejecución de la medida.

5 son las causas

de desalojos: que el inquilino no pague cuatro meses; que el propietario necesite el inmueble; que el inquilino dé uso indebido; que ocasione deterioros; o que viole normas de convivencia.

Daniel Pabón

La Nacion
16-11-2014
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Venezolano está acostumbrado a su casa de cemento y cabilla

Para Aquiles Martini Pietri, presidente de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela, la construcción de viviendas en el país con materiales de alta tecnología y diferentes al cemento y a la cabilla se está utilizando desde hace tiempo. Se está usando anime o prefabricadas “pero las soluciones habitacionales tienen que ser llevadas a la realidad”.

Recordó que el Ejecutivo Nacional anunció la construcción de unas viviendas prefabricadas, utilizando paneles de anime y estructuras metálicas que fueron destruidas cuando se filtró el agua en las paredes y se inflaron. “Este tipo de casas tienen un mantenimiento diferente, pero el venezolano no está acostumbrado y resulta costoso”.

En el país las casas que son hechas con dry wall, “la gente no las quiere porque a la hora del tiroteo en el barrio, las balas traspasan la pared, no están seguros ni en su propia casa”. Estas ideas son todas muy buenas, pero se debe responder a  los intereses de los venezolanos y no a  los intereses políticos.

En Estados Unidos, la gente está acostumbrada a que sus casas estén construidas con dry wall, a la pared se le mete un clavo y la traspasa, pero están acostumbrados a estos sitios, reiteró.

Solicitarán prórroga

Adelantó el empresario que solicitarán al ministro del Poder Popular de  la Vivienda y Hábitat, Ricardo Molina, una prórroga de seis meses más para el cumplimiento de la Ley de Arrendamientos Comerciales porque no se ha publicado el método de valorización de la propiedad, requisito indispensable para formalizar entre las partes el canon de arrendamiento.

Explicó Martini Pietri que “han pasado cinco meses desde cuando se promulgó La Ley de Arrendamientos Comerciales y todavía el Gobierno no ha sacado uno de los requisitos básicos de esa normativa, que es el método de valorización de la propiedad. De esos seis meses que nos dieron de plazo, para poner la ley en funcionamiento, ya han pasado cinco y el mismo gobierno no ha hecho posible que ésta ley se ponga en funcionamiento antes que se venza el plazo en noviembre”.

Este requisito-reiteró- es de cumplimiento obligatorio para formalizar en las notarias y en los registros la firma del canon de arrendamiento, pero el Servicio Autonomo de  Registros y Notarias (Saren) a través de oficios internos prohibió que esto se haga, aunque la Superintendencia para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (Sundde) le giró instrucciones en cuanto a que si hay una acuerdo entre las partes, no hay problema. “No tiene sentido lo que está pasando”, agregó.

El problema que a traviesa el sector de centros comerciales es integral, se le dificulta la reposición de inventarios, no cuenta con las piezas para el arreglo de las escaleras mecánicas y ascensores. “Esto es como un cuero seco, pisas por este lado y levantas por el otro”, indicó.

Debe cumplirse la Ley

Con respecto a los precios de los alquileres de las viviendas que son publicados en medios impresos y que resultan bastante altos para la población, alertó que “toda aquella persona que esté alquilando viviendas en el país y que no esté regulado por la Superintendencia Nacional de Arrendamientos de Vivienda (Sunavi) está cometiendo un acto de ilegalidad. La Ley está vigente y hay que cumplirla si nos gusta o no es otro problema”.

Indicó que la fijación de  los altos precios en los alquileres de las casas, se debe a que “algunas regulaciones resultan ridículas”. Las regulaciones que puede poner la Sunavi pueden estar por debajo de lo que el propietario del inmueble paga en condominio. “Si el propietario está obligado a pagar el condominio y va alquilar por menos de lo que paga por el condominio, nada más por ahí te digo”.

A esto hay que sumarle que “en el país no hay viviendas y al no haber viviendas aplica la Ley de la Oferta y la Demanda porque la gente ante la duda que significa no poder recuperar su vivienda por el desequilibrio en los derechos constitucionales de los propietarios y los inquilinos en la Ley de Arrendamientos, ante esa duda de recuperar su casa y ante unas regulaciones absurdas y de una evidente carencia de viviendas en el país, empieza a imperar la oferta y la demanda”.

Si hubiese muchas viviendas para alquilar en el país la oferta bajaria. Cuando hay escasez operan las leyes del mercado, amén de que pudiese existir alguien en algún momento que esté abusando por eso hago la observación que hay una ley y hay que cumplirla”, agregó Martini Pietri.

Bettsy Santistevan Gastelu. Caracas

Mercado de Dinero
13-11-2014
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